Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
30-12-2022

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221230-13

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

13
CORRECCIÓN de errores de la Orden 2754/2022, de 29 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

Advertido error material en la publicación de la Orden 2754/2022, de 29 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre).

Se procede a su corrección en los siguientes términos:

1.o En el punto primero de la base tercera de la citada Orden,

Donde dice:

“Tercera

Personas aspirantes

1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de todos los requisitos que se recogen en el apartado sexto.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, no ostentar la condición de personal funcionario de carrera del mismo cuerpo objeto de esta convocatoria y estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la titulación de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación”.

Debe decir:

“Tercera

Personas aspirantes

1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de todos los requisitos que se recogen en el apartado sexto.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, no ostentar la condición de personal funcionario de carrera del mismo cuerpo, escala y especialidad objeto de esta convocatoria, ni la condición de personal laboral fijo de la categoría profesional y especialidad, en su caso, incluida en el presente proceso selectivo como personal funcionario, tal y como figura en el correspondiente catálogo definitivo de funcionarización a que se hace referencia en el apartado 4 de la base primera de esta Orden, y estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la titulación de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación”.

2.o Se modifica el apartado “6. Requisitos de la convocatoria”, del formulario de solicitud (Modelo 3385F1), añadiendo el siguiente cuadro:

3.o En el punto sexto de las “Instrucciones de cumplimentación de la solicitud,

Donde dice:

“6. Requisitos de la convocatoria: se declarará si se posee la titulación exigida en la convocatoria, marcando la opción afirmativa y en el requisito de ostentar la condición de personal funcionario de carrera del mismo cuerpo y escala objeto de esta convocatoria, la opción negativa”.

Debe decir:

“6. Requisitos de la convocatoria: se declarará si se posee la titulación exigida en la convocatoria, marcando la opción afirmativa y en el requisito de ostentar la condición de personal funcionario de carrera del mismo cuerpo, escala y especialidad objeto de esta convocatoria, u ostentar la condición de personal laboral fijo de la categoría profesional y especialidad incluida en el presente proceso selectivo como personal funcionario, tal y como figura en el correspondiente catálogo definitivo de funcionarización a que se hace referencia en la base primera de la orden de convocatoria, la opción negativa”.

4.o De acuerdo con lo previsto en el punto sexto de la base cuarta de la orden de convocatoria, las personas interesadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de presentar las solicitudes de participación en el proceso selectivo.

Dado en Madrid, a 21 de diciembre de 2022.—La Directora General de Función Pública, por delegación del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (mediante Orden de 19 de julio de 2022), María José Esteban Raposo.

(01/24.993/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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