Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
30-12-2022

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221230-24

Páginas: 12


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

24
RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2022, de la Directora General de Comercio y Consumo, por la que se convoca la fase autonómica de la Comunidad de Madrid del concurso escolar 2022-2023 Consumópolis 18: En Internet, ¿te crees todo lo que ves?

La Comunidad de Madrid tiene atribuida la competencia para el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de defensa del consumidor, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, en los términos de lo dispuesto en el artículo 149.1 de la Constitución española, como se desprende de lo establecido en el artículo 27.10 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.

La Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en su artículo 3, reconoce como derecho básico de los consumidores la educación en materia de consumo. A este respecto, a la Comunidad de Madrid le corresponde fomentar la enseñanza de esta materia en todos los niveles educativos con el fin de promover mayor libertad y racionalidad en el consumo de productos, bienes y servicios y prevenir los riesgos derivados de su uso, y organizar, fomentar y desarrollar programas de educación y formación de consumidores, de acuerdo con lo establecido en los artículos 19 y 20 de la citada Ley. Entre otras actuaciones, resultan especialmente relevantes las destinadas a colaborar con el personal docente para el desarrollo de la educación en consumo, en los distintos niveles educativos.

En virtud de lo dispuesto en el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, se atribuye a la Dirección General de Comercio y Consumo la competencia sobre “el diseño, la coordinación y la ejecución de actuaciones de información, formación y educación en materia de consumo”.

En el ejercicio de esta competencia, la citada Dirección General organiza diferentes actuaciones dirigidas al ámbito educativo cuyo propósito es fomentar entre los niños y niñas en edad escolar la adquisición y consolidación de hábitos de consumo conscientes, sostenibles y solidarios, promoviendo para ello la reflexión y el desarrollo de actitudes críticas en sus actos de consumo como mecanismos fundamentales de cambio y de prevención frente a los riesgos que pueden afectar a su salud y su seguridad, entendidas de forma integral, incluyendo aquellos que amenacen al medio ambiente y la calidad de vida.

En este marco normativo y conceptual, la Comunidad de Madrid viene colaborando con el Ministerio de Consumo, a través de su Dirección General de Consumo, en el desarrollo del concurso escolar “Consumópolis”.

Este Ministerio establece las bases reguladoras del concurso, publica anualmente la convocatoria nacional y dicta las instrucciones generales de participación conforme a las cuales el concurso consta de dos partes: la primera, consistente en la realización de un juego online, al que se accede a través de la Plataforma “Consumópolis”, ubicada en el sitio web https://consumopolis.consumo.gob.es/ que incluye actividades pedagógicas y lúdicas con la finalidad de adquirir los conocimientos necesarios para desarrollar la actividad prevista en la segunda parte, consistente en el diseño y la elaboración de un trabajo en equipo y su ubicación en el espacio virtual asignado a tal efecto en el sitio web citado.

El concurso escolar consta de dos fases de participación: una autonómica, organizada en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid por la Dirección General de Comercio y Consumo y de la que saldrán los equipos ganadores de la región por cada nivel de participación; y una fase posterior, de ámbito nacional, organizada por la Dirección General de Consumo del Ministerio de Consumo, en la que participarán los equipos ganadores de la Comunidad de Madrid junto con los equipos ganadores de las demás Ciudades y Comunidades Autónomas participantes, siendo premiados los mejores trabajos para cada nivel de participación en el ámbito estatal.

Mediante Orden CSM/1008/2021, de 20 de septiembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios del concurso escolar “Consumópolis” (“Boletín Oficial del Estado” número 230, de 25 de septiembre de 2021), el Ministerio de Consumo regula la participación y la concesión de los premios del concurso escolar “Consumópolis” sobre consumo responsable y sostenible.

Mediante Resolución del Ministro de Consumo de 27 de mayo de 2022, cuyo extracto ha sido publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 2 de junio de 2022, se convocan los premios nacionales del concurso escolar 2022-2023 Consumópolis 18: En Internet, ¿te crees todo lo que ves?

Con la finalidad de incentivar la participación de los escolares madrileños en el concurso, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo cuenta con patrocinios externos, con cuya colaboración se otorgarán los premios establecidos en esta convocatoria autonómica.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con las competencias atribuidas.

RESUELVO

Primero

Objeto y bases reguladoras

1. La presente Resolución tiene como objeto convocar la fase autonómica del concurso escolar 2022-2023 Consumópolis 18 que lleva por título: En Internet, ¿te crees todo lo que ves?, en los términos establecidos en las bases reguladoras, en la convocatoria nacional de esta edición del concurso y en esta Resolución.

2. El objeto del concurso es fomentar entre los escolares madrileños matriculados en los cursos de quinto y sexto de Educación Primaria, así como en los cuatro cursos de Educación Secundaria Obligatoria y en Formación Profesional Básica, la reflexión de forma consciente, crítica y solidaria, sobre distintos aspectos del consumo responsable y sostenible, mediante la realización de un trabajo en equipo.

3. La participación en el mismo se materializa a través de la realización de sus dos partes:

a) La integrada por las actividades que deberán desarrollar los concursantes en el sitio web https://consumopolis.consumo.gob.es/ siguiendo las instrucciones generales de participación que allí se detallan, actividades que constituyen la primera parte del concurso y que pertenece al ámbito nacional.

b) La integrada por el diseño, elaboración y presentación de un trabajo en equipo sobre consumo responsable y sostenible, actividad que constituye la segunda parte del concurso y que pertenece al ámbito autonómico.

4. Las bases reguladoras, aprobadas mediante Orden CSM/1008/2021, de 20 de septiembre de 2021, están publicadas en el “Boletín Oficial del Estado” número 230, de 25 de septiembre de 2021, y las instrucciones generales de participación están publicadas en la dirección web creada por la Dirección General de Consumo del Ministerio de Consumo https://consumopolis.consumo.gob.es/

Segundo

Participantes

1. Podrán participar en la fase autonómica, todos los escolares matriculados en centros educativos, públicos, concertados o privados de la Comunidad de Madrid, en alguno de los siguientes niveles de participación:

— Nivel 1: Escolares de quinto y sexto cursos de Educación Primaria.

— Nivel 2: Escolares de primer y segundo cursos de Educación Secundaria Obligatoria.

— Nivel 3: Escolares de tercer y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria o de Formación Profesional Básica.

2. Para participar en la fase autonómica, los escolares deberán haberse inscrito en el concurso en el sitio web https://consumopolis.consumo.gob.es/ según establecen las bases del concurso del Ministerio de Consumo, y la convocatoria nacional de esta decimoctava edición, por equipos de cinco alumnos de un mismo nivel de participación, con la coordinación de un docente del centro. En el caso de los Colegios Rurales Agrupados (CRA) y de las Escuelas Unitarias que, por sus especiales circunstancias geográficas o demográficas, tengan dificultades para formar los equipos únicamente con alumnado de los cursos de quinto y sexto de Educación Primaria, podrán completar los equipos con alumnado de otros cursos de Educación Primaria.

3. Cada docente podrá coordinar más de un equipo.

4. Cada concursante solo podrá inscribirse en un equipo.

5. No existe límite para el número de equipos que se pueden formar en cada centro.

6. Los equipos deberán ser inscritos por el docente coordinador directamente en el sitio web de Consumópolis: https:// consumopolis.consumo.gob.es/

7. Por causas de fuerza mayor, un miembro del equipo o el docente coordinador, en su caso, podrá ser sustituido por otro, previa aceptación por la organización quien dará las instrucciones precisas para proceder a la inscripción del nuevo miembro o coordinador del equipo.

Tercero

Condiciones de participación en la fase autonómica

Para participar en la fase autonómica los equipos deben:

1. Haberse inscrito, en tiempo y forma, en el sitio web de Consumópolis:

— https:// consumopolis.consumo.gob.es/ según se establece en la Resolución de convocatoria del concurso del Ministro de Consumo, por la que se convocan los premios nacionales del concurso escolar 2022-2023 Consumópolis 18: En Internet, ¿te crees todo lo que ves? (Extracto de la Resolución del Ministro de Consumo, de fecha 27 de mayo de 2022, publicada en “Boletín Oficial del Estado” de 2 de junio).

Con ocasión de esta inscripción, tanto el docente coordinador como cada uno de los concursantes deberán haber declarado expresamente, en el apartado habilitado para tal fin en la página del concurso escolar “Consumópolis” 18, que conocen y acatan las bases reguladoras del concurso, reguladas por la Orden CSM/1008/2021, y sus instrucciones generales de participación.

2. Haber completado, todos y cada uno de los integrantes del equipo, el recorrido por la ciudad virtual de “Consumópolis”, resolviendo todas las pruebas en la forma que se detalla en la convocatoria nacional y en las Instrucciones generales de participación del Ministerio de Consumo, que se pueden encontrar en el sitio web indicado.

3. Contar con la autorización de los padres o tutores legales de cada uno de los menores de catorce años integrantes del equipo que participen en el vídeo. El coordinador del equipo comprobará el cumplimiento de este requisito. Para ello, debe recopilar la autorización de los padres o tutores legales de cada uno de los menores de catorce años integrantes del equipo que participen en el vídeo. La falta de esta autorización será causa de descalificación del trabajo. El documento de autorización de madres, padres, tutores u otros representantes legales de los alumnos menores de catorce años, para la participación en el vídeo se descargará de la zona de inscripción del sitio web del concurso:

https://consumopolis.consumo.gob.es/concurso/pdfs/autorizacion_padres_es...

4. Presentar la solicitud de participación, dirigida a la Dirección General de Comercio y Consumo, conforme al modelo que se adjunta como Anexo de la presente Resolución, debidamente cumplimentada y firmada, en el plazo que determina esta convocatoria. Esta solicitud ha de ir acompañada de la ficha virtual identificativa de cada trabajo y de las autorizaciones de los responsables de los menores de catorce años para la participación en el vídeo, que deben descargarse del sitio web de Consumópolis https:// consumopolis.consumo.gob.es/ . El trabajo debe presentarse en formato electrónico, tal y como se especifica en el apartado quinto de esta Resolución.

Cuarto

Características y requisitos del trabajo en equipo

1. El trabajo en equipo consiste en la realización de un vídeo sobre el uso responsable de Internet en el entorno escolar, familiar y social. Las características específicas de dichos trabajos y su presentación se detallan en las instrucciones generales de participación del concurso disponibles en el sitio web ya indicado.

2. El vídeo, creado totalmente por el alumnado, debe versar sobre el uso responsable de internet en el entorno escolar, familiar y social y debe apoyar el lema principal de la 18.a edición de Consumópolis: En Internet, ¿te crees todo lo que ves?

El objetivo del vídeo será convencer a su entorno escolar, familiar y social de la necesidad de utilizar de forma responsable Internet, dando a conocer buenas prácticas en esta materia.

Algunas ideas que podrían desarrollarse son: consejos para la compra online (precios, desistimientos, gastos de envío…); prácticas abusivas en la compra-venta de productos en internet; publicidad encubierta de youtubers o influencers; publicidad engañosa en internet; correos electrónicos fraudulentos (con intención de venta o acceso a datos personales); nuevas estafas (phishing, smishing, vishing…).

3. El personal docente coordinador y los miembros del equipo podrán consultar desde la página del concurso una guía y vídeos tutoriales sobre cómo realizar un vídeo y cómo subir los trabajos a la plataforma del concurso.

4. Los requisitos del trabajo en equipo son:

a) El vídeo tendrá una duración de un mínimo de 30 segundos y un máximo de 1 minuto.

b) El vídeo se realizará en formato vertical.

c) Formatos admitidos: mp4, m4v, mov, wmv, avi, mpg.

d) Peso máximo 150 Mb.

e) El vídeo debe incluir un título o lema.

5. El incumplimiento de cualquiera de los anteriores requisitos supondrá la descalificación del trabajo.

6. El lema, título o eslogan no debe contener errores lingüísticos.

7. En la elaboración del vídeo deben respetarse los principios de la educación en valores.

Se valorará que el trabajo sea pedagógico, con un fin didáctico y educativo, y adaptado al público infantil y juvenil, así como que contenga consideraciones de consumo responsable, saludable, sostenible y solidario.

8. Las imágenes o cualquier otro contenido incluido en el trabajo no pueden vulnerar los derechos de autor o la propiedad intelectual. El participante no incluirá en los vídeos ningún dato de carácter personal de tercero alguno (incluyendo su imagen y voz), a menos que cuente con su consentimiento expreso.

9. En ningún caso se podrán colgar contenidos violentos, xenófobos, sexistas, pornográficos, difamatorios, obscenos o amenazantes, que atenten contra el derecho al honor y a la propia imagen, que inciten o publiciten actividades y servicios ilegales, que lesionen bienes o derechos de terceros, o que conculquen de cualquier forma la legislación española. El jurado descalificará aquellos trabajos que incorporen contenidos del tipo referido o que vulneren los derechos de autor o de propiedad intelectual o que incluyan datos de carácter personal de terceros.

10. El material remitido por el personal docente debe ser original. La Dirección General de Comercio y Consumo, como organizadora del concurso, no se responsabilizará de ninguna reclamación que pudieran presentar terceros.

Quinto

Forma de presentación de los trabajos

1. El trabajo debe presentarse en formato electrónico.

La plataforma de Consumópolis solo permite presentar los trabajos de aquellos equipos cuyos cinco miembros hayan completado y puntuado en las diez pruebas de la primera parte.

2. El personal docente coordinador accederá, dentro de la plataforma de Consumópolis, al apartado Subir trabajo, indicará el nombre del equipo y el título del vídeo y subirá el archivo.

3. Una vez subido el trabajo no se puede modificar. Solo se reserva un espacio virtual por equipo.

4. Subido el trabajo a la plataforma, el personal docente coordinador descargará la ficha virtual, documento que contiene los datos del trabajo: referencia, nombre del equipo, componentes y título.

5. La ficha virtual identificativa del trabajo y los documentos de autorización a los menores de catorce años para participar en el vídeo, deberán presentarse, junto con la solicitud de participación en la fase autonómica de la Comunidad de Madrid incluida en el Anexo de esta Resolución, en el Registro de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, calle Ramírez de Prado, 5 bis, de Madrid, o en cualquier otro Registro u oficina previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPACAP.

6. Para la presentación de la solicitud acompañada de la ficha virtual y las autorizaciones a través de medios electrónicos es necesario disponer de un certificado electrónico emitido por un prestador de servicios electrónicos de confianza, o de DNIe, o registrarse en el sistema Cl@ve. Se puede obtener información acerca de estos requisitos en la guía de la Administración electrónica editada en la página web institucional de la Comunidad de Madrid:

https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acce...

7. En la solicitud se podrá indicar que se desea recibir las notificaciones por medios electrónicos, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

8. Si la solicitud de participación no reuniese todos los requisitos exigidos en este artículo, el órgano instructor requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la LPACAP.

9. La participación en el concurso supone la aceptación expresa de las bases reguladoras, así como de las previsiones contenidas en la presente Resolución, en la Resolución de convocatoria nacional y en las Instrucciones generales de participación publicadas en la plataforma del concurso.

Sexto

Plazos de inscripción en la fase nacional del concurso

Para participar en la fase autonómica del concurso deberá constar que el personal docente coordinador ha inscrito el equipo en el sitio web del concurso:

https://consumopolis.consumo.gob.es/ entre el 4 de octubre de 2022 y el 22 de febrero de 2023, ambos inclusive, y que todos los componentes del equipo han completado el recorrido por la ciudad de Consumópolis.

Séptimo

Plazos de realización, presentación del trabajo en equipo y participación en la fase autonómica del concurso

1. Los concursantes podrán puntuar en las 10 pruebas de la primera parte desde el 4 de octubre de 2022 hasta el 20 de marzo de 2023, ambos inclusive.

2. Completado el recorrido por la ciudad de Consumópolis y una vez resueltas por todos los componentes del equipo todas las pruebas que se presentan a lo largo del mismo, los participantes podrán realizar el trabajo en equipo consistente en un vídeo sobre el uso responsable de Internet en el entorno escolar, familiar y social, y el personal docente coordinador podrá acceder, desde el 10 de octubre de 2022 hasta el 27 de marzo de 2023, a la plataforma del concurso para subir el trabajo y descargar la ficha virtual identificativa de cada trabajo.

3. Tras ello, se presentará la solicitud del Anexo de esta Resolución, junto con la ficha virtual descargada y las autorizaciones de los responsables de los menores de catorce años, según lo indicado en los artículos tercero y quinto de esta Resolución, desde el 10 de octubre de 2022 hasta las 23 horas y 59 minutos del 15 de abril de 2023.

Octavo

Premios y reconocimientos

1. Para los trabajos ganadores, en cada uno de los tres niveles de participación (Nivel 1: Quinto y sexto cursos de Educación Primaria; Nivel 2: Primer y segundo cursos de Educación Secundaria Obligatoria y Nivel 3: Tercer y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica) se entregarán los siguientes premios:

a) Una tableta electrónica para cada miembro del equipo ganador de cada nivel.

Este premio será aportado por la empresa “Alcampo S. A.” que en total entregará quince tabletas electrónicas, de conformidad con el convenio de patrocinio firmado con la Comunidad de Madrid por su interés en colaborar con este concurso para fomentar la información, formación y educación de los escolares en el ámbito del consumo responsable.

b) Un disco duro externo para el docente coordinador del equipo ganador en cada nivel.

Este premio será aportado por la empresa “Pentatel Comunicaciones, S. L.”, que entregará un total de tres discos duros externos, en esta categoría, de conformidad con el convenio de patrocinio firmado con la Comunidad de Madrid por su interés en colaborar con este concurso para fomentar la información, formación y educación de los escolares en el ámbito del consumo responsable.

c) Entradas para los miembros de los equipos ganadores para el Parque de Atracciones o para el Zoo de Madrid, a elección de los interesados, con validez hasta el 31 de diciembre de 2023. Cada equipo recibirá un total de 40 entradas, ocho entradas para cada miembro del equipo.

Este premio será aportado por la empresa “Parque de Atracciones de Madrid, S. A. U.” o “Zoos Ibéricos, S. A.”, que en total entregará 120 entradas, de conformidad con el convenio de patrocinio firmado con la Comunidad de Madrid por su interés en colaborar con este concurso para fomentar la información, formación y educación de los escolares en el ámbito del consumo responsable.

d) Una tarjeta regalo de “El Corte Inglés”, por importe de 100 euros, destinada a material escolar o deportivo, para la clase de cada equipo ganador en cada uno de los niveles.

Este premio será aportado por la empresa “El Corte Inglés, S. A.”, que entregará tres tarjetas por importe total de trescientos euros, de conformidad con el convenio de patrocinio firmado con la Comunidad de Madrid por su interés en colaborar con este concurso para fomentar la información, formación y educación de los escolares en el ámbito del consumo responsable.

e) Un diploma acreditativo para los equipos ganadores, para sus miembros y para el docente coordinador; así como un diploma o cartel conmemorativo, para los centros educativos de los equipos ganadores de cada una de las categorías.

2. Como reconocimiento a su especial dedicación, se hará entrega de un auricular inalámbrico a cada uno de los cinco docentes que hayan coordinado el mayor número de equipos que presenten, en tiempo y forma, el trabajo objeto de la fase autonómica de acuerdo con lo establecido en los artículos quinto, sexto y séptimo, siempre que los citados trabajos hayan podido ser valorados en la citada fase autonómica. A los efectos del premio a los docentes que hayan coordinado el mayor número de equipos, no se computarán, los equipos cuyos trabajos hayan resultado descalificados por no cumplir los criterios de validez regulados en la presente convocatoria. No podrán optar a estos premios los docentes coordinadores de equipos cuyos trabajos presenten faltas de ortografía o errores gramaticales o lingüísticos.

Este premio será aportado por la empresa “Pentatel Comunicaciones, S. L.”, que entregará cinco auriculares inalámbricos en esta categoría, de conformidad con el convenio de patrocinio firmado con la Comunidad de Madrid por su interés en colaborar con este concurso para fomentar la información, formación y educación de los escolares en el ámbito del consumo responsable.

En el supuesto de empate en el número de equipos coordinados, se designará ganador de la categoría de especial dedicación al docente coordinador cuyos trabajos presentados hayan obtenido la mayor puntuación. Si tras la aplicación de este criterio continuase el empate, este se dirimirá mediante sorteo por insaculación, efectuado por el Presidente y el Secretario del Jurado en la sede de la Dirección General de Comercio y Consumo, en el que podrán estar presentes los docentes implicados, quienes serían convocados en el plazo de las veinticuatro horas siguientes a la valoración del Jurado, dejándose constancia escrita del resultado.

3. Los trabajos ganadores de cada nivel optarán a los premios de la fase nacional del concurso que organiza la Dirección General de Consumo del Ministerio de Consumo, compitiendo con los ganadores de las Comunidades y Ciudades Autónomas participantes.

Noveno

Composición del Jurado

1. El Jurado de la fase autonómica en la Comunidad de Madrid del concurso escolar “Consumópolis 18” tendrá la siguiente composición:

Presidente: El titular de la Subdirección General con competencia en materia de formación en consumo o persona a quien designe.

Vocales:

a) Un empleado público de la Dirección General con competencia en materia de consumo, designado por su titular.

b) Un empleado público de la Dirección General con competencia en materia de educación primaria o secundaria o formación profesional básica de la consejería competente, designado por su titular.

c) Un representante de la Secretaría General Técnica de la consejería competente en materia de consumo, designado por su titular.

d) Un representante de una organización de consumidores miembro del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid, designado por el titular de la dirección general competente en materia de protección al consumidor a propuesta del Consejo de Consumo.

Secretario: Un empleado público de la Dirección General con competencias en materia de consumo designado por su titular, con voz, pero sin voto.

2. El funcionamiento del Jurado se regirá por los principios recogidos en la sección 3a, del Capítulo II, Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y tendrá facultades para resolver las dudas y controversias que puedan surgir sobre la interpretación de esta convocatoria.

3. Para los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal o justificada de los miembros del Jurado, regirán las siguientes normas:

a) El presidente será sustituido por el titular de una Subdirección General con competencias en materia de consumo designado como suplente por el titular de la dirección general con competencias en materia de consumo.

b) Los vocales del Jurado serán sustituidos por sus suplentes, si se hubieran designado.

c) El secretario será sustituido por quien haya sido designado como suplente por el titular de la Dirección General con competencias en materia de consumo.

Décimo

Criterios de valoración

1. La puntuación final obtenida por cada equipo en las pruebas incluidas en el juego interactivo “Consumópolis 18” quedará fijada automáticamente por el propio sistema, con base en los criterios de conocimientos y habilidades detallados en las Instrucciones generales de participación.

2. La valoración en la fase autonómica de los trabajos en equipo, se realizará atendiendo a los criterios recogidos en el artículo 5.3.b) de la Orden CSM/1008/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios del concurso escolar “Consumópolis”, y así, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:

a) Coherencia del trabajo con los objetivos del concurso: hasta 40 puntos.

b) Creatividad, originalidad: hasta 20 puntos.

c) Presentación del trabajo: hasta 20 puntos.

d) Calidad técnica: hasta 15 puntos.

e) Calidad lingüística: hasta 5 puntos.

3. Para la valoración de los equipos que optan a los premios autonómicos de la Comunidad de Madrid, el trabajo en equipo y el juego interactivo por la ciudad de Consumópolis ponderarán al 50 por 100.

La puntuación para otorgar los premios de la fase autonómica vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de juego interactivo y en la fase de trabajo en equipo con la ponderación indicada.

Undécimo

Instrucción y fallo del Jurado

1. El órgano instructor del procedimiento será la Dirección General con competencias en materia de consumo, que comprobará el cumplimiento de los requisitos y condiciones de participación en la convocatoria.

2. El procedimiento de concesión de los premios será el de concurrencia competitiva.

3. La valoración de los trabajos se realizará por el Jurado, que podrá proponer que cualquiera de los premios sea declarado desierto cuando, a su juicio, los trabajos no reúnan las condiciones necesarias para obtener el premio correspondiente.

4. El Jurado elevará su propuesta al titular de la Dirección General de Comercio y Consumo.

Duodécimo

Resolución

1. La concesión de los premios, al amparo de la presente Resolución, corresponde al titular de la Dirección General de Comercio y Consumo.

2. La convocatoria se resolverá, antes del 29 de mayo de 2023 de conformidad con la propuesta del Jurado del concurso escolar, y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Decimotercero

Publicidad

1. La Consejería competente en materia de consumo de la Comunidad de Madrid realizará la promoción y publicidad del concurso, así como de los trabajos ganadores a través de los medios que considere más adecuados.

2. Todas las actuaciones que al respecto se realicen deberán respetar la legislación sobre protección de menores y sobre protección de datos de carácter personal.

Decimocuarto

Transparencia

En aplicación de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, esta convocatoria será objeto de difusión electrónica en la página web institucional de la Comunidad de Madrid.

Decimoquinto

Recursos

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso de alzada ante este órgano o ante el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 15 de diciembre de 2022.—La Directora General de Comercio y Consumo, Marta Nieto Novo.







(03/24.652/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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