Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
30-12-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221230-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 2548/2022, de 19 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revocan o minoran determinadas subvenciones concedidas mediante la Orden 2181/2022, de 8 de noviembre, a los Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes, para la mejora de la seguridad, accesibilidad y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales para el año 2022.

Mediante la Orden 544/2022, de 5 de mayo, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de mayo de 2022) se hace pública la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes, para la mejora de la seguridad, accesibilidad y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales para el año 2022.

Por Orden 2181/2022, de 8 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se conceden dichas subvenciones a los Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes, para la mejora de la seguridad, accesibilidad y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales para el año 2022, de acuerdo con la Orden 544/2022, de 5 de mayo, anteriormente citada.

El apartado duodécimo “Justificación del pago de la subvención” de la citada Orden 544/2022, de 5 de mayo, establece los requisitos necesarios que han de cumplir los Ayuntamientos beneficiarios antes de proceder al pago de las cuantías concedidas.

Examinadas las justificaciones presentadas se ha observado el incumplimiento de determinados requisitos por parte de las entidades que se relacionan.

En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente, y en particular por el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Revocación del importe de las subvenciones concedidas.

Revocar la subvención concedida de 11.037,96 euros al Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo, por desistir el día 5 de octubre de 2022 a la solicitud de ayuda presentada a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

Revocar la subvención concedida de 12.749,29 euros al Ayuntamiento de Anchuelo, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 544/2022, de 5 de mayo.

Revocar la subvención concedida de 11.913,18 euros al Ayuntamiento de Fresno de Torote, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 544/2022, de 5 de mayo.

Revocar la subvención concedida de 13.239,08 euros al Ayuntamiento de Montejo de la Sierra, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 544/2022, de 5 de mayo.

Revocar la subvención concedida de 14.118,73 euros al Ayuntamiento de Robregordo, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 544/2022, de 5 de mayo.

Revocar la subvención concedida de 12.750,00 euros al Ayuntamiento de Santa María de la Alameda, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 544/2022, de 5 de mayo.

Revocar la subvención concedida de 12.075,41 euros al Ayuntamiento de Villamantilla, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 544/2022, de 5 de mayo.

Segundo

Minorar en 1.215,47 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de El Berrueco, por justificar válidamente un importe de 8.130,80 euros de los 9.346,27 euros concedidos.

Minorar en 449,71 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Gargantilla de Lozoya y Pinilla de Buitrago, por justificar válidamente un importe de 13.041,72 euros de los 13.491,43 euros concedidos.

Minorar en 12.862,91 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra, por justificar válidamente un importe de 1.342,63 euros de los 14.205,54 euros concedidos.

Minorar en 2.912,29 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Santorcaz, por justificar válidamente un importe de 5.772,00 euros de los 8.684,29 euros concedidos.

Minorar en 5.477,70 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Valdemaqueda, por justificar válidamente un importe de 8.022,30 euros de los 13.500,00 euros concedidos.

Minorar en 288,67 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Villanueva de Perales, por justificar válidamente un importe de 12.461,33 euros de los 12.750,00 euros concedidos.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Eficacia y medios de impugnación

El presente acto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de diciembre de 2022.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre de 2021), el Director General de Deportes, Fernando Benzo Sainz.

(03/24.979/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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