Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
06-01-2023

Sección 1.4.33.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230106-11

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID

11
PUBLICACIÓN de 5 de diciembre de 2022, de segunda adenda al Contrato-Programa entre el CRTM y Metro de Madrid plurianual 2021-2024. Modificación de demanda prevista 2022.

En Madrid, a 5 de diciembre de 2022.

REUNIDOS

De una parte, D. David Pérez García, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid (en adelante, CRTM), cargo para el que fue designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 17 de marzo de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de marzo de 2021), actuando para la firma de este convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de Creación del Consorcio y el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D.a Silvia Roldán Fernández, con domicilio a efectos de este documento en Madrid, Avenida de Asturias, número 4 (28029 Madrid), en nombre y representación de la empresa Metro de Madrid, S. A. (en adelante, Metro) inscrita en el Registro Mercantil de la provincia de Madrid en el tomo 90 de Sociedades, folio 107, hoja 3.372, con CIF número A-28001352, y con domicilio social en Madrid, Avenida de Asturias, número 4, en su calidad de Consejera-Delegada de la misma, cargo para el que fue nombrada por Acuerdo del Consejo de Administración de 11 de octubre de 2019.

Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación suficientes para el otorgamiento del presente documento del presente documento y, a tal efecto,

MANIFIESTAN

Con fecha de 8 de octubre de 2020 se firma el Contrato-Programa plurianual 2021-2024 entre el CRTM y Metro, en el que se recogen los términos que regulan las relaciones recíprocas entre ambas entidades, cuya vigencia se extiende al período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2024 (cuatro años), disponiendo de una posibilidad de prórroga de otros cuatro años.

En la cláusula “1.2. Planteamiento” se indica que, a lo largo del año 2021, al objeto de complementar las condiciones económicas del Contrato-Programa con las relativas a los ejercicios 2022 a 2024, las partes firmantes analizarán y ajustarán las citadas variables (demanda prevista y tarifa/viajero) para el resto de los años de vigencia del Contrato-Programa, quedando reflejadas estas a través de una adenda al mismo.

En su cláusula “5. Régimen Económico” se recogen las condiciones económicas para el año 2021, que se traducen en una aportación del CRTM a Metro derivada del establecimiento de una demanda prevista y una tarifa/viajero, en euros, a aplicar a la misma. Asimismo, se garantiza un importe mínimo y máximo de aportación económica que se mueve en una horquilla de ± 3 por 100 de volumen de viajeros reales sobre la demanda estimada.

Como consecuencia de lo manifestado, a 30 de diciembre de 2021 se firmó por las partes la adenda al Contrato Programa vigente entre el CRTM y Metro, en donde quedó recogido el contenido económico para el ejercicio 2022 que es requerido para que se mantenga la vigencia del Contrato-Programa, siendo de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2022.

En la estipulación primera letra c) Aportación económica del CRTM a Metro de la adenda citada, se indica que, una vez transcurrido el primer semestre de 2022, si la demanda acumulada experimentara una desviación, por exceso o por defecto, superior al 3 por 100, se realizaría una nueva previsión de demanda para el ejercicio 2022 y la revisión de la tarifa por viajero.

En la comisión de seguimiento del Contrato-Programa, en su sesión de julio de 2022, se decidió esperar al cierre de los datos de septiembre para estudiar la evolución de la demanda como consecuencia de las medidas de gratuidad del transporte por ferrocarril y las bonificaciones en las tarifas aplicadas por las distintas administraciones. Una vez definitivos los datos de cierre del mes de septiembre, se ha procedido a realizar una nueva reunión de la Comisión de Seguimiento del Contrato-Programa para evaluar los mismos y proceder a estimar las cifras de demanda liquidable a efectos del Contrato-Programa al cierre de 2022.

Consecuentemente, procede ejecutar la revisión de la previsión de demanda del ejercicio 2022 para ajustar y establecer con precisión el contenido económico que procede aplicar para el citado ejercicio.

A su vez, se considera que la presente adenda en ningún caso debe ser entendida como una modificación del Contrato-Programa, sino como una ejecución de las previsiones de contenido económico contenidas en aquel, permaneciendo inalterados todas y cada una de las cláusulas en aquel contenidas.

En consecuencia y de conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan la suscripción de la presente adenda al Contrato-Programa vigente entre el CRTM y Metro, con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera

Previsión de demanda y establecimiento de la tarifa de mercado para el ejercicio 2022

De acuerdo con lo previsto en la cláusula quinta, letra c) del Contrato-Programa, en la redacción dada a la misma por la adenda de 30 de diciembre de 2021, y teniendo en cuenta que durante el primer semestre la demanda acumulada ha experimentado una desviación superior al 3 por 100, se realiza una nueva previsión de demanda y se establece una nueva tarifa de mercado para el ejercicio 2022:

Segunda

Proceso de liquidación

De acuerdo con lo establecido en la cláusula 6.1 se modifica la tabla de datos de demanda mensual prevista y demanda acumulada en base a la nueva previsión.

Tercera

Refiriéndose la presente adenda a la ejecución de una previsión sobre el contenido económico establecida en el propio texto del Contrato-Programa, el resto de condiciones pactadas en el mencionado Contrato-Programa vigente para el período 2021-2024 se mantienen inalteradas. Asimismo, también se mantienen inalteradas el resto de condiciones acordadas en la adenda al Contrato-Programa 2021-2024, de 30 de diciembre de 2021.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad con lo aquí acordado, ambas partes firman el presente documento.

Madrid, a 5 de diciembre de 2022.—Por el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, David Pérez García.—Por Metro de Madrid, S. A., Silvia Roldán Fernández.

(03/24.751/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.33.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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