Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
06-01-2023

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230106-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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ADENDA de 5 de diciembre de 2022, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Valdelaguna, para articular la atención a personas mayores en el centro de día de mayores de Valdelaguna (Centro Municipal del mayor Valdelaguna).

Madrid, a 5 de diciembre de 2022.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, D. Pablo Morate Haro, Presidente del Ayuntamiento de Valdelaguna, elegido por Acuerdo del Pleno de 15 de junio de 2019, en nombre y representación del citado Ayuntamiento en virtud de su cargo y de las atribuciones que le confiere el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en el marco de las competencias atribuidas a los municipios en materia de Servicios Sociales por el artículo 46.1.f) de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 y disposición adicional primera de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de prórroga,

EXPONEN

Que el 10 de mayo de 2022, suscribieron un convenio de colaboración para articular la atención a personas mayores en el centro de día de mayores de Valdelaguna para el año 2022, con un plazo de vigencia desde el 1 de julio al 31 de diciembre del 2022.

Que ambas partes desean continuar colaborando durante el ejercicio de 2023 en la gestión de los servicios de atención a las personas dependientes en el centro de día municipal de Valdelaguna.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, en aplicación del artículo 10.4.b) de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, este convenio de colaboración no precisa adaptación.

ACUERDAN

Formalizar la presente adenda de prórroga al convenio, con arreglo a la siguiente

CLÁUSULA

Única

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula undécima del convenio suscrito el 10 de mayo de 2022 y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.

El gasto derivado de esta adenda de prórroga se imputará a la posición presupuestaria 231D/25400, del presupuesto de gastos y dotación de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.

El coste anual para la Comunidad de Madrid será de 190.288,80 euros, para el ejercicio 2023.

No se modifican las demás condiciones pactadas, y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda de prórroga al convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en el pie de firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 5 de diciembre de 2022.—Por la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, la Consejera, María Concepción Dancausa Treviño.—Por el Ayuntamiento de Valdelaguna, el Alcalde-Presidente, Pablo Morate Haro.

(03/24.790/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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