Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2023

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230109-26

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

26
EXTRACTO de la Orden 3789/2022, de 9 de diciembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convocan ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el año 2022.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid/ ).

BDNS: 666963

Primero

Beneficiarios

a) Universidades Públicas y Universidades Privadas con sede en la Comunidad de Madrid.

b) Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (Fundaciones IMDEA).

c) Organismos Públicos de Investigación previstos en el capítulo II de Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

d) Fundaciones para la Investigación Biomédica de los hospitales públicos de la red hospitalaria de la Comunidad de Madrid.

e) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.

f) Otras entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, que tengan definidos en sus estatutos la I+D+I como actividad principal.

Todas las categorías de entidades anteriores deberán estar válidamente constituidas y tener domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid en el momento de presentar la solicitud.

Segundo

Objeto

Regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, de subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para la realización de tesis doctorales con las características descritas en el artículo 15 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, de Doctorado Internacional.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 2053/2022, de 19 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación.

Cuarto

Cuantía y duración de las ayudas

El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a 29.157.592,75 euros.

La duración de las ayudas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación será de un máximo de 4 años.

Se concederán un total de 250 contratos que se distribuirán entre las categorías de beneficiarios, teniendo en cuenta que:

a) Un mínimo de 120 contratos, se adjudicarán a las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid.

b) Un mínimo de 35 contratos, se adjudicarán a las fundaciones IMDEA.

c) 10 contratos se reservarán para personas con discapacidad que podrán ser contratados por cualquiera de las categorías de beneficiarios.

El total de los 250 contratos se distribuirán entre las áreas científico-técnicas del Anexo de la orden de la convocatoria.

La Comunidad de Madrid aportará las cantidades reflejadas en la siguiente tabla para la financiación de los gastos de contratación (salario, Seguridad Social de la empresa y la indemnización a la finalización del contrato por expiración del tiempo convenido) y los gastos de estancias en el extranjero:

Quinto

Criterios de evaluación

Las solicitudes se evaluarán de acuerdo a los siguientes criterios. Se otorgará a cada solicitud una puntuación de 0 a 10 puntos.

a) Nota media del expediente académico del candidato a personal investigador predoctoral (4 puntos). Esta nota se calculará de la siguiente forma:

1.o La nota media ponderada de los estudios de grado o de la titulación equivalente tiene un peso del 80 % y la nota media ponderada de los estudios de máster tiene un peso del 20 %.

2.o Si se accede directamente al doctorado sin necesidad de cursar estudios de máster, solo se tendrá en cuenta la nota media ponderada de los estudios grado o de la titulación equivalente en un 100 %.

3.o En el caso de haber cursado más de una carrera universitaria o más de un máster, solo se tendrán en cuenta las notas medias ponderadas de las enseñanzas que tengan más relación con el programa de doctorado y la del máster con el que se accede al programa de doctorado.

b) Currículum vitae del candidato a personal investigador predoctoral (1 punto).

c) Calidad e interés científico-técnico del proyecto de tesis y viabilidad del mismo, así como disponibilidad en el centro de los medios para realizarlo (2 puntos).

d) Historial científico-técnico durante los últimos cinco años del director del proyecto de tesis o en su caso de los codirectores de tesis (2 puntos).

e) Actividad investigadora y capacidad formativa en los últimos cinco años del grupo de la entidad solicitante en el que se integra el personal investigador predoctoral (1 punto).

Sexto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de diciembre de 2022.

El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/25.620/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230109-26