Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2023

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230109-85

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

85
Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 27 de diciembre de 2022 (fuera del orden del día 4.o), por la que se aprueban las bases específicas y convocatoria de subvenciones en especie para la concesión de prestaciones económicas reguladas en la norma de prestaciones económicas municipales de la Concejalía de Bienestar del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, a favor de usuarios de los servicios sociales insertos en proceso de intervención social para el año 2023. (Código convocatoria: 2022/2022/640800/022).

BDNS (Identif.): 667641

Primero. Beneficiarios.—Unidades familiares que cumplan los requisitos exigidos en el artículo 4 de la norma de 1 de febrero de 2021.

No podrán obtener las condiciones de beneficiario de las subvenciones objeto de la presente convocatoria, las personas en las que concurran alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2033, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Por el carácter social de este tipo de ayudas, los beneficiarios quedan eximidos de cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13.2.e) de la Ley General de Subvenciones.

Segundo. Finalidad.—Promoción del bienestar social de las personas beneficiarias para la prevención de situaciones de riesgo y la compensación del déficit de apoyo social, con interés en los factores de vulnerabilidad o dependencia que pueden producirse en cada etapa de la vida.

Tercero. Bases reguladoras.—Se regirán por lo establecido en las bases generales, norma de prestaciones, aprobada por Junta de Gobierno Local de 1 de febrero de 2021 (publicación BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 51, de 1 de marzo de 2022), que pueden consultarse: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/03/01/BOCM-20220301-61.PDF , por la presentes bases específicas y convocatoria, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobada por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el presupuesto del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz para 2023 y en cuyas bases de ejecución se establecen las bases que rigen las subvenciones que se conceden por parte de este Ayuntamiento.

Cuarto. Dotación presupuestaria.—Las ayudas sociales y de emergencia social objeto de la presente convocatoria serán financiadas con a cargo a la AP 080 23100 48001 “Ayudas Sociales”, presupuesto 2023. El crédito disponible para dar cobertura a dichas ayudas asciende a la cuantía de 325.000,00 euros.

Quinto. Solicitud.—Las solicitudes de ayudas se podrán presentar desde el día que se publique el extracto de esta convocatoria y hasta el 15 de diciembre de 2023.

Las solicitudes deberán presentarse en el modelo normalizado exigido por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, a través del Registro Municipal, sito en la Concejalía de Bienestar, avenida Virgen de Loreto, número 2, de 8:30 a 14:00 horas, de lunes a viernes no festivos, o en cualquier de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que el procedimiento sea iniciado de oficio a tenor de lo regulado en el artículo 9 de las bases generales, norma reguladora de 1 de febrero de 2021, el plazo se extiende desde el 2 de enero al 30 de diciembre de 2023.

Aquellas solicitudes presentadas con anterioridad a la fecha indicada en el apartado 1), pendiente de resolución a 1 de enero de 2023, y que se resuelvan favorablemente para su abono con cargo al presupuesto de 2023, quedan incluidas de forma automática en el ámbito de la presente convocatoria.

Torrejón de Ardoz, a 29 de diciembre de 2022.—El alcalde-presidente, Ignacio Vázquez Casavilla.

(03/25.734/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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