Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
11-01-2023

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230111-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

URBANISMO

46
Fuenlabrada. Urbanismo. Estudio de detalle

El Pleno del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en sesión ordinaria celebrada con fecha 1 de diciembre de 2022, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aprobar con carácter definitivo el Estudio de Detalle promovido por Anthervi, S. L., correspondiente a las parcelas 2.3.11 (subdividida en 2.3.11.1, 2.3.11.2, 2.3.11.3 y 2.3.11.4) y parte de la 2.3.10 (parcialmente 2.3.10.A), del vigente Proyecto de Parcelación de los Sectores PP II-2 y APR-12 del Plan General de Ordenación Urbana de Fuenlabrada, ubicadas en la manzana 2.3, y que afecta a los solares situados en la calle Abeto, números 20 a 38, en Fuenlabrada.

Segundo.—Remitir copia debidamente diligenciada del documento aprobado definitivamente al Registro administrativo de Planes de Ordenación Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, con carácter previo a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid), junto con el contenido íntegro de sus normas para su entrada en vigor, de acuerdo con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, procediendo, asimismo, a su publicación en la página web del Ayuntamiento.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio.

Cuarto.—Hacer saber a los interesados que el presente acuerdo agota la vía administrativa y, por ello, contra el mismo solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde la fecha de su publicación o notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, al tener los estudios de detalle naturaleza de disposiciones de carácter general; todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos”.

Se hace constar que, con fecha 21 de diciembre de 2022 y referencia 30/086430.9/22, se ha remitido a Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, ejemplar íntegro del documento aprobado definitivamente, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 65 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, Ley 9/2001, de 17 de julio.

Lo que se publica para general conocimiento y demás efectos, haciendo saber que este acuerdo agota la vía administrativa y contra este se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente.

En Fuenlabrada, a 21 de diciembre de 2022.—La secretaria general del Pleno, María del Rocío Parra Castejón.

(02/25.175/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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