Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
11-01-2023

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230111-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

67
Madrid. Sala de lo Social. Sección Tercera. Procedimiento 732/2022

SALA DE LO SOCIAL

Sección Tercera

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Luis Fariñas Matoni, letrado de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección Tercera de lo Social.

Hago saber: Que en el procedimiento número 732/2022 de esta Sección de lo Social, seguido a instancias de doña María Teresa García García, frente a Rodair Logística, S. L., sobre recurso de suplicación, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que debemos estimar y estimamos el recurso de suplicación interpuesto por el letrado don José Luis Velasco Gómez-Choco, en nombre y representación de doña María Teresa García García, contra el auto de 8 de marzo de 2022 dictado por el Juzgado de lo social número 9 de Madrid, en sus autos procedimiento ordinario número 1104/2020, y se reponen las actuaciones y se deja sin efecto el desistimiento acordado por decreto de 25 noviembre de 2021, y se revoca el auto de 8 de marzo de 2022, procediendo a señalar nuevo día para celebrar los actos de conciliación y en su caso juicio”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Rodair Logística, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 23 de diciembre de 2022.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/25.771/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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