Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
13-01-2023

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230113-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO

URBANISMO

34
Bustarviejo. Urbanismo. Estudio detalle

Habiéndose aprobado definitivamente el siguiente Estudio de Detalle, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento de los artículos 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad Autónoma de Madrid, y 140.6 del Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Decreto 2159/1978, de 23 de junio:

— Tipo de instrumento: Estudio de detalle.

— Ámbito: Parcelas Cr. Miraflores, número 7, y calle Peña Culebras, números 2 y 4, de la antigua U. E. 09, Arroyo de los Barrancos.

— Instrumento que desarrolla: normas complementarias y subsidiarias vigentes, de fecha de acuerdo 5 de octubre de 1976, y el desarrollo de la urbanización.

— Objeto: 65.c) del Real Decreto 2159/1978.

— Clasificación del suelo: Urbano.

— Calificación del suelo:

Parcelas CR Miraflores

• Ámbito: Ensanche Polígono 5.

• Ordenanza: RU 3.

• Condiciones de usos:

– Residencial Categoría 1 (Unifamiliar) (>= 90 por 100 polígono).

– Comercio y oficinas. Sólo en los centros previstos en los planes parciales.

• Equipamiento público 2/7/8. Cultural, de relación, deportivo.

Parcela calle Peña Culebras:

• Ámbito: Polígono 1.

• Ordenanza: MC2.

• Condiciones de usos:

– Residencial Categoría 1 (unifamiliar) y 2 (vivienda colectiva) (>= 75 por 100 polígono).

– Comercio y oficinas situación 1 (en edificios de viviendas) (>= 10 por 100 polígono).

– Equipamiento público 1/2/3/4/5/6/7 (>= 5% polígono). Administrativo, cultural, religioso, benéfico-sanitario, hotelero, espectáculos, de relación.

– Industria Categoría 1 (sin molestia para la vivienda), Situación 2.

– Industria. Prohibido.

Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que por turno corresponda, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Bustarviejo, a 29 de diciembre de 2022.—El alcalde-presidente, Felipe Blasco Santos.

(02/47/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230113-34