Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2023

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230116-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

52
Fuenlabrada. Organización y funcionamiento. Acuerdo

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en fecha 9 de diciembre de 2022, adoptó los siguientes acuerdos:

Primero.—Aprobar la modificación del acuerdo sobre disposiciones específicas para el establecimiento de disposiciones específicas aplicables al Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus Organismos Autónomos, aprobado mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 10 de septiembre de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 226, de 22 de septiembre de 2021), en los siguientes términos:

i) A partir del 1 de enero de 2023, los empleados del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Fuenlabrada que ocupen puestos sometidos a régimen de turnos desarrollarán una jornada ordinaria, consistente en un total de 58 jornadas diarias de veinticuatro horas, más solape (= 1.406 horas, 30 minutos).

ii) Toda la formación destinada a realizar el traspaso del Parque de Bomberos a la Comunidad de Madrid, que se desarrollará preferiblemente fuera de la jornada ordinaria, se hará con cargo a las 48 horas anuales de formación recogidas en el Acuerdo de condiciones específicas, con las siguientes particularidades:

— En relación con el ejercicio 2022, el personal del Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Fuenlabrada no ha realizado aún en este momento la totalidad de las horas de formación recogidas en los artículos 4 y 6 del Acuerdo de condiciones específicas, razón por la cual las horas de formación pendientes (12 horas) será destinada a cumplir las exigencias derivadas del traspaso del Parque de Bomberos a la Comunidad de Madrid y, por tanto, a realizar la formación requerida por la Comunidad de Madrid.

— En relación con el ejercicio 2023, y desconociéndose en este momento la fecha en que se hará efectivo el traspaso a la Comunidad de Madrid, las partes convienen que las horas de formación anual (48) prevista en el Acuerdo de condiciones específicas será destinada a cumplir las referidas exigencias y, por tanto, a realizar la formación promovida por la Comunidad de Madrid.

— La formación que exceda de las horas máximas anuales de formación prevista en el Acuerdo de condiciones específicas será realizada fuera de la jornada.

La formación presencial que exceda del número máximo de horas de formación anual será compensada económicamente, a razón del valor de la hora extraordinaria establecida en el Acuerdo de condiciones comunes de empleadas/os públicas/os del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

La formación on-line que exceda del número máximo de horas de formación anual será compensada económicamente, a razón de un 25 por 100 del tiempo máximo previsto para la realización del curso en lo que exceda del número máximo de horas de formación anual.

iii) Las modificaciones que afectan a la formación se harán efectivas desde el 24 de noviembre de 2022. Las modificaciones que afectan a la jornada ordinaria se harán efectivas desde el 1 de enero de 2023.

iv) Las presentes condiciones, y las recogidas en el actual Acuerdo de condiciones específicas en lo que se no se oponga a ella, mantendrán su vigencia hasta que se produzca el traspaso del Parque de Bomberos a la Comunidad de Madrid, en cuyo defecto se negociarán las condiciones que, en su caso, deban establecerse si el proceso de traspaso fracasase.

Segundo.—Publicar el acuerdo adoptado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Fuenlabrada, a 3 de enero de 2023.—La directora general para la Gestión y Desarrollo de las Personas, Beatriz Sánchez Ruiz.

(03/137/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230116-52