Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
18-01-2023

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230118-29

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

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Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras número 55/2023, de 3 de enero, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:

“1.o Aprobar la nueva relación provisional completa de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso selectivo convocado para proveer, por el turno de movilidad sin ascenso, mediante el sistema de concurso de méritos y curso selectivo de formación, de dos plazas de Policía pertenecientes al Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Escala Básica, Grupo C, Subgrupo C1.

2.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación exclusivamente de las personas aspirantes excluidas, así como de las causas que motivaron su exclusión, estableciendo el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte como lugar donde se expondrán las relaciones provisionales certificadas y completas de las personas aspirantes admitidas y excluidas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la base específica 5.1.a.

3.o Habiéndose decretado la urgencia en el procedimiento, en virtud de Decreto número 5172/2021, de 18 de octubre, del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en la relación provisional de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo único e improrrogable de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán igualmente manifestarlo en el plazo señalado. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección. En caso de no existir reclamación se elevará la relación provisional automáticamente a definitiva.

4.o Nombrar como miembros del Tribunal Calificador de las citadas pruebas selectivas a las personas que a continuación se relacionan:

Presidente:

— Titular: don Luis Rodrigo Fernández-Pinedo Quirós, Intendente-Jefe del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte.

Suplente: don Juan Manuel García Muñoz, Oficial del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte.

Secretario:

— Titular: don José Luis Pérez López, Secretario General del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

Suplente: funcionario en quien delegue.

Vocales:

— Titular: doña Ester Muela de la Torre, Oficial del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte.

Suplente: don Francisco Javier Braceros Bueno, Oficial del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte.

— Titular: don Gerardo Torres Vallejo, Inspector del Cuerpo de Policía Local de Collado-Villalba.

Suplente: don José Andrés Santos Ruiz-Valdepeñas, Subinspector del Cuerpo de Policía Local de Collado Villalba.

— Titular: don Jesús Serrano Pérez, Inspector del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte.

Suplente: don Miguel Mateos Rocha, Subinspector del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte.

— Titular: don Juan Soler-Espiauba López, Técnico de Apoyo del Área de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

Suplente: doña Guadalupe Llamas Velasco, Jefe de Subdirección del Área de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

5.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.

No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente”.

En Boadilla del Monte, a 9 de enero de 2023.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, Jesús Egea Pascual.

(01/305/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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