Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2023

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230119-25

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

25
CONVENIO de 27 de diciembre de 2022, entre la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, y la Fundación para el Conocimiento Madri+d, para promoción de la participación de universidades y centros de investigación en los programas europeos de gestión directa y la potenciación de la atracción de talento.

En Madrid, a 27 de diciembre de 2022.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Enrique López López, Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 43/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4.3 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, Enrique Ossorio Crespo, Presidente del Patronato de la Fundación para el Conocimiento Madri+d, nombrado Vicepresidente y Consejero de Educación y Universidades por Decreto 38/2022, de 15 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y los artículos 16 y 18 de los Estatutos de la Fundación, de 6 de febrero de 2019.

Las partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente la capacidad jurídica y de obrar necesaria para formalizar válidamente el presente convenio y, en su virtud,

EXPONEN

La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, a través de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, en virtud del artículo 11 del Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, tiene atribuida la competencia para la coordinación general e impulso de la participación de las distintas Consejerías de la Comunidad de Madrid en los programas de gestión directa de la Comisión Europea y el desarrollo de actuaciones para potenciar la participación de los diferentes agentes de la región en estos programas, en especial, la Administración Autonómica y las Entidades Locales.

I. Los Programas Europeos de Gestión Directa y los Programas lnterreg Sudoe e lnterreg Europe vinculados directa o indirectamente con la I + D + i y con la aplicación de tecnologías de la información y comunicación (TICs) se encuentran entre los más relevantes cualitativa y cuantitativamente dentro de los ofrecidos por la Comisión Europea.

La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, está comprometida con la promoción de los Programas Europeos de Gestión Directa, para lo cual se considera necesaria la combinación de las distintas herramientas generales de las que dispone la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, con la realización de acciones específicas de información, formación, capacitación y apoyo a la preparación de propuestas en aquellos ámbitos susceptibles de participar en un mayor número de programas; todo ello, con el fin de mejorar y amplificar el impacto positivo que dichos programas puedan tener en nuestra región.

II. La Fundación para el Conocimiento Madri+d fomenta la cooperación entre los ámbitos universitario, científico e industrial y contribuye a que se articule un ecosistema regional innovador basado en el Conocimiento, eficiente e integrado en la Unión Europea. Además, tiene por objeto contribuir a hacer de la calidad de la educación superior, la ciencia, la tecnología y la innovación un elemento clave de la competitividad y el bienestar de los ciudadanos. Para la consecución de sus fines, la Fundación podrá realizar actividades tales como evaluar y acreditar programas y proyectos de ciencia y tecnología, promover la protección y la transferencia del Conocimiento y la tecnología desde las universidades y centros de investigación hacia el tejido empresarial, promover la creación, consolidación y crecimiento de empresas de base tecnológica, gestionar programas de investigación, innovación y formación, y fomentar la difusión de la ciencia y la innovación mediante la organización de actividades de información y divulgación, como premios, becas, publicaciones, congreso, seminarios u otras.

III. La colaboración entre la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y la Fundación para el Conocimiento Madri+d, a través de convenio entre las dos instituciones, supondrá aprovechar la larga experiencia y el trabajo de la Fundación para el Conocimiento Madri+d en participación y gestión de proyectos vinculados a Programas Europeos de Gestión Directa, en los ámbitos universitario, científico e industrial y, de otro, las herramientas y experiencia en materia de Programas Europeos de Gestión de que dispone la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior para la promoción e impulso de la participación en los mismos por parte de los diferentes actores de la región.

IV. En particular, permitirá a las instituciones la creación de sinergias entre los medios disponibles por ellas y aprovecharlos de un modo más eficaz y eficiente a la hora de potenciar la participación de la comunidad investigadora en los mencionados Programas y en especial en aquellos de mayor complejidad, así como promover la incorporación a los mismos de grupos de investigación sin experiencia previa en este tipo de programas. Esta colaboración está orientada al incremento de los recursos que pudieren ser captados por los distintos actores de la Comunidad de Madrid en el ámbito de la investigación y la innovación a partir de este tipo de Programas, así como preparar del mejor modo a nuestra región para el período 2021-2027, que cuenta con una previsión de aumento muy relevante de los recursos disponibles. Gracias a las sinergias derivadas de este convenio, aumentarán las posibilidades de la Comunidad de Madrid de participar en redes internacionales, así como de impulsar proyectos de colaboración con distintas entidades del ámbito científico internacional.

Por todo ello, ambas instituciones convienen, en el marco de sus competencias, establecer las condiciones necesarias para el desarrollo de una cooperación directa en orden a la consecución de las actividades anteriormente descritas.

Y, de acuerdo con las manifestaciones precedentes, ambas partes suscriben el presente convenio, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto del convenio

1. Constituye el principal objeto del presente convenio promover la participación de las Universidades, Centros de Investigación, sector empresarial de la región, en particular las pymes innovadoras, y de cualquier entidad dependiente o vinculada con fines de investigación de la Comunidad de Madrid, en los Programas Europeos de Gestión Directa y en proyectos vinculados a otros instrumentos europeos de financiación, así como la atracción de talento investigador excelente y el retorno de talento investigador y científico madrileño como objeto y en los apartados que se relatan a continuación. En particular se persigue:

a) Incrementar la participación de los investigadores de la Comunidad de Madrid en los Programas Europeos vinculados a la Investigación e Innovación, el desarrollo y la innovación. En particular, incrementar el número de investigadores con financiación del European Research Council (en adelante, ERC).

b) Potenciar la participación de los grupos de investigación de las Universidades de la Comunidad de Madrid con poca o nula experiencia en los programas de financiación europea.

c) Incrementar y fomentar la participación del sector empresarial, en particular de las pymes innovadoras de la región en los programas europeos de gestión directa dirigidos a ese sector.

d) Incrementar el retorno económico de estas instituciones a partir de estos programas.

2. Será el segundo objetivo principal de este convenio la atracción de talento investigador que se incorpore a los Centros de Investigación y Proyectos científicos de la Comunidad de Madrid, así como facilitar el retorno de talento investigador y científico madrileño.

3. Será un tercer objeto del convenio establecer indicadores que permitan el seguimiento y valoración de la participación de instituciones de la Comunidad de Madrid en la captación de fondos europeos para el desarrollo de proyectos de I + D + i, así como potenciar las capacidades existentes en este ámbito de cara al período 2021-2027.

4. Será un cuarto objeto del convenio impulsar la participación de la Comunidad de Madrid y sus organismos en redes internacionales vinculadas a la investigación y la innovación, así como la participación de las mismas en proyectos de cooperación con entidades del ámbito de la I + D + i internacionales.

Segunda

Compromisos y obligaciones a cargo de las partes

1. La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior se compromete a:

a) Difundir la información de Programas Europeos vinculados a los ámbitos de la investigación, de I + D + i y del sector empresarial, en particular pymes, a través de los distintos servicios que tenga disponibles. Del mismo modo para los recursos vinculados al Instrumento de Recuperación y Resiliencia, en su caso.

b) Difundir la información de que vaya disponiendo acerca del Brexit a través de los distintos servicios que tenga disponibles.

c) Poner a disposición la plataforma web de la Dirección General, el twitter @madrideuropa y el resto de recursos web de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea.

d) Planificar, conjuntamente con la Fundación para el Conocimiento Madri+d, un programa de talleres y sesiones informativas de los programas europeos de gestión directa de investigación e innovación en los centros de investigación, universidades y empresas, en particular pymes, con el objetivo de difundir y promocionar la participación de los profesionales en las convocatorias de mayor interés.

e) Establecer procedimientos para la coordinación con la Fundación para el Conocimiento Madri+d.

f) Establecer canales de comunicación entre la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea y la Fundación para el Conocimiento Madri+d.

g) Buscar activamente convocatorias de los principales programas europeos de gestión directa de investigación, desarrollo e innovación en los ámbitos científico, universitario, empresarial y de innovación así como, en su caso, oportunidades para estos vinculadas al Instrumento de Recuperación y Resiliencia.

h) Ejecutar en el marco de dichos servicios acciones de información y formación en materia de Programas Europeos de Gestión Directa vinculados a la ciencia y la innovación. De igual modo con relación al Instrumento de Recuperación y Resiliencia.

i) Realizar acciones de apoyo a la elaboración de propuestas, así como en la gestión por parte de los beneficiarios en el caso de no disponer aún de experiencia suficiente, en el campo de los Programas Europeos de Gestión Directa vinculados a la ciencia, a la innovación y a la empresa, en particular a las pymes, dentro de su disponibilidad de recursos.

j) Coordinar e impulsar conjuntamente con la Fundación Madri+d acciones que se desarrollen en el marco del convenio encaminadas al aprovechamiento de oportunidades y reducción de riesgos para el sector investigador e innovador con relación al Brexit.

k) Coordinar las acciones que se desarrollen en el marco del convenio en lo que a la participación en redes internacionales se refiere.

l) Coordinar las acciones que se desarrollen en el marco del convenio en lo que a la participación en proyectos de colaboración con entidades del ámbito de la I + D + i internacionales se refiere.

m) Apoyar la elaboración de indicadores que permitan el seguimiento y valoración de la participación de instituciones de la Comunidad de Madrid en la captación de fondos europeos para el desarrollo de proyectos de I + D + i, así como potenciar las capacidades existentes en este ámbito de cara al próximo período 2021-2027.

2. La Fundación para el Conocimiento Madri+d se compromete a:

a) Establecer procedimientos para la coordinación con la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea en el ámbito de las actividades que les competen.

b) Planificar, conjuntamente con la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, un programa de talleres, jornadas y sesiones formativas de los programas europeos de ciencia, investigación e innovación, con el objetivo de difundir y promocionar la participación de las diferentes instituciones y profesionales.

c) Buscar activamente convocatorias de los principales programas europeos de investigación e innovación en los ámbitos científico, universitario, empresarial y de innovación.

d) Promover la creación de consorcios para los proyectos entre institutos, universidades y centros de investigación dependientes o vinculados (cualquiera que sea su forma jurídica) a la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, de forma que se potencie la colaboración.

e) Buscar, de manera activa diferentes fuentes de financiación adicionales, que apoyen tanto la preparación de las propuestas como la ejecución de los proyectos. En particular, promover acciones que permitan en su caso el aprovechamiento de los recursos vinculados a los Programas de Gestión Directa, así como a aquellos otros programas de financiación que sean de aplicación a este convenio.

f) Fomentar la publicidad y difusión de los proyectos europeos conseguidos, así como, el trabajo realizado en los mismos.

g) Colaborar en la búsqueda de socios y colaboradores, tanto nacionales como internacionales, con el fin de encontrar sinergias para la preparación de las diferentes propuestas.

h) Realizar las acciones de comunicación necesarias para que los servicios derivados de este convenio sean conocidos suficientemente por todos los centros de investigación, universidades y empresas, en particular pymes.

i) Elaborar un boletín mensual con información relevante en cuanto a convocatorias y buenas prácticas en Programas Europeos de Gestión Directa.

j) Realizar una labor de seguimiento y control de las propuestas que se presentan en el marco de este convenio, que permita conocer qué proyectos se han concedido y con qué cuantía financiera cuentan, dentro del contexto general de la estrategia de especialización inteligente RIS3.

k) Realizar acciones de información, formación y apoyo que permitan aumentar el número de grupos de investigación de la Comunidad de Madrid y la participación de las empresas, en particular pymes de la región en los programas de financiación europea.

l) Incrementar la participación de los profesionales de la Comunidad de Madrid en los Programas Europeos de Investigación e Innovación utilizando la gestión inteligente de la información.

m) Establecer una línea de asesoramiento dirigida a grupos de investigación sin experiencia en proyectos europeos sobre los aspectos legales y financieros de las diferentes propuestas que ayuden a incrementar el número y la calidad de las mismas, así como en la gestión por parte de los beneficiarios en el caso de no disponer aún de experiencia suficiente.

n) Establecer un servicio de apoyo para investigadores de centros de la Comunidad de Madrid en el marco de convocatorias Starting y Advanced del ERC.

o) Realizar acciones de información, formación y apoyo que permitan aumentar la participación de las pymes innovadoras de la región en los programas de financiación europea.

p) Establecer líneas específicas de actuación dirigidas a mejorar las capacidades de atracción y retención del talento, incluyendo el internacional, en particular el vinculado con proyectos y actuaciones financiadas con fondos europeos.

q) Gestionar diferentes fuentes de financiación adicionales, que apoyen tanto la preparación de las propuestas como la ejecución de los proyectos.

r) Realizar tareas para la publicidad y difusión de los proyectos europeos conseguidos, así como el trabajo realizado en los mismos.

s) Colaborar en la búsqueda de socios para la preparación de las diferentes propuestas relacionadas con los objetivos de la Fundación para el Conocimiento Madri+d.

t) Actualizar los resultados del DAFO existente con respecto a la participación del sistema investigador madrileño en programas europeos vinculado al Mapa de Capacidades y Actuaciones de I + D + i en el Marco de los Programas Europeos e Internacionales de Investigación e innovación, así como del mapa prospectivo de necesidades con relación a los retos sociales previstos en el programa marco de la Comisión Europea Horizonte Europa.

u) Impulsar la participación de la Comunidad de Madrid en proyectos de cooperación con otros socios internacionales y europeos, en especial con instituciones multilaterales y llevar a cabo la gestión ordinaria de aquellos proyectos en los que participen y para los que así sea determinado en el marco de este convenio.

v) Gestionar la participación en redes europeas vinculadas a la I + D + i por parte de la Comunidad de Madrid cuando se defina en el marco de este convenio.

w) Realizar informes mensuales de seguimiento y control de las propuestas que se presentan en el marco de este convenio, con el fin de conocer en detalle qué proyectos se han concedido y con qué cuantía financiera cuentan.

x) Incorporar en los proyectos a participantes de otros organismos de la Comunidad de Madrid y sus organismos dependientes y de los ayuntamientos de la región.

y) Elaborar un paquete de indicadores que permitan el seguimiento y valoración de la participación de instituciones de la Comunidad de Madrid en la captación de fondos europeos para el desarrollo de proyectos de I + D + i, así como potenciar las capacidades existentes en este ámbito de cara al próximo período 2021-2027.

z) Creación de un portal que facilite el contacto y la gestión de retorno de talento investigador y científico madrileño, así como difundir a través de un servicio de difusión selectiva de formación las convocatorias de interés para el personal investigador madrileño que se encuentre trabajando en otros países y pretendan retornar.

Tercera

Obligaciones económicas de las partes

1. La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior participará con la aportación económica máxima de cien mil euros (100.000,00 euros) anuales en el coste de los compromisos comprendidos en el presente convenio. Esta aportación se realizará con cargo a la partida 22809 “Otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 921U del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.

Esta aportación económica se destinará a los fines del convenio y en especial la promoción de la participación en programas de atracción de talento, así como el pago de las actuaciones de promoción de la participación de los Centros de Investigación, las Universidades y el sector empresarial, en particular pymes en los Programas Europeos de Gestión Directa y en todos aquellos programas europeos de financiación que sean de aplicación e interés para el convenio mediante la labor conjunta de las partes y no podrá incluir en ningún caso gastos de inversión.

El pago de esta aportación económica se realizará en dos partes: la primera, a la finalización de los seis primeros meses de vigencia del convenio y la segunda, a la finalización del plazo total de la vigencia. Estos pagos se ejecutarán mediante el ingreso en la cuenta bancaria que a tal efecto comunique la Fundación, de conformidad con la cantidad justificada en la documentación que a continuación se indica y que se deberá presentar previamente, en el plazo máximo de 15 días desde la finalización de los seis primeros meses de vigencia del convenio, plazo que se reduce a un máximo de 7 días de plazo para el pago correspondiente a la finalización del plazo total de la vigencia:

a) Memoria de actuaciones y aportaciones realizadas, así como resultados obtenidos.

b) Memoria económica que detalle los gastos realizados en ese período.

c) Facturas u otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa de los gastos realizados. Junto con las facturas se acompañarán los correspondientes justificantes de pago que deberán ser revisados y validados por la Comisión de Seguimiento.

2. La Fundación para el Conocimiento Madri+d se compromete a la aportación económica de un mínimo de 50.000 euros anuales. Dentro de dicha aportación están incluidos los costes de las tareas que desempeña en el marco del presente convenio, en particular, de los derivados de:

a) Dotación de espacios.

b) Labores de secretaría y apoyo administrativo.

c) Dotación informática necesaria para el desarrollo de las acciones incluidas en el convenio.

d) Relación con todos los Centros de Investigación y las Universidades.

e) Acceso a los investigadores de la Comunidad de Madrid para enviar información, por medio de la intranet de la Consejería y el correo electrónico institucional.

f) Cuotas de participación en redes europeas e internacionales cuya participación se comprenda en el marco de este convenio.

g) Elaboración y mantenimiento de información web, que incluirá la información relativa a las actividades desarrolladas en el marco de este convenio.

h) También se dispondrá de una base de datos con las propuestas y participantes vinculados a este convenio y accesible para las partes firmantes.

i) Gastos de participación y organización en jornadas vinculadas a las actividades desarrolladas en el marco de este convenio.

j) Elaboración de los informes mensuales de seguimiento de las actividades que se desarrollen en el ámbito de este convenio.

Si para atender las obligaciones asumidas por la Fundación para el Conocimiento Madri+d fuera preciso la contratación de personal, esta se sujetará a la disposición relativa a contrataciones de las fundaciones del sector público de la Comunidad de Madrid contenida en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigente en el momento de la contratación y siempre de conformidad en este y en todos los aspectos relativos al personal, con lo establecido en la cláusula cuarta de este convenio.

Cuarta

Personal sujeto al convenio

En ningún caso habrá integración funcional o de cualquier otro tipo en la Comunidad de Madrid de ninguna de las personas implicadas en el convenio o contratadas para él, salvo aquellas que ya formasen parte del personal propio de la Comunidad de Madrid.

Igualmente, en ningún caso, las actuaciones contempladas en el presente convenio implicarán aumento de costes en materia de personal, bien sea por aumento de efectivos o de las retribuciones de los ya existentes.

Quinta

Mecanismo de seguimiento del convenio

1. Para el seguimiento e interpretación del presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento cuyo funcionamiento se regirá por lo establecido en el presente convenio y supletoriamente por lo estipulado en la sección tercera, del capítulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Esta Comisión de Seguimiento estará compuesta por los siguientes representantes:

Por parte de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea:

— Titular de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, o persona en quien delegue, quien ejercerá la presidencia de la Comisión.

— Titular de la Subdirección General de Cooperación con el Estado, la Unión Europea y la Acción Exterior, o persona en quien delegue.

— Dos técnicos de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, uno de los cuales ejercerá las funciones de secretario.

Por parte de la Fundación para el Conocimiento Madri+d:

— Titular de la Dirección de la Fundación para el Conocimiento Madri+d, o persona en quien delegue.

— Dos empleados de la Fundación para el Conocimiento Madri+d.

2. Las reuniones de la Comisión podrán ser ordinarias o extraordinarias. La Comisión se reunirá cuantas veces sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del convenio y lo hará con carácter ordinario al menos una vez al año, previa convocatoria de su presidente, al menos con quince días de antelación. La Comisión se reunirá con carácter extraordinario en las ocasiones en que estime necesario, a instancias de cualquiera de las partes. Podrán incorporarse a la misma otros representantes en función de los temas a tratar.

Los acuerdos de la Comisión se tomarán por consenso. Agotada razonablemente la posibilidad de alcanzar el consenso entre sus miembros, los acuerdos se adoptarán por mayoría, disponiendo el Presidente de voto de calidad. De las reuniones de la Comisión de Seguimiento se levantará acta por el secretario.

3. La Comisión de Seguimiento supervisará y, en su caso, validará las actividades que se desarrollen en el ámbito de este convenio y revisará los resultados del convenio a su finalización.

Los miembros de la Comisión no recibirán retribución o indemnización de ningún tipo por el desarrollo de esta actividad.

Sexta

Vigencia, modificación y extinción del convenio

1. El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma que no será anterior al día 14 de diciembre de 2022 y estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2023, siendo prorrogable hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante la celebración de sucesivas prórrogas de un año de duración cada una y que se formalizarán por acuerdo expreso de las partes con un mes de antelación a la finalización de su vigencia.

2. El presente convenio podrá ser objeto en cualquier momento de su vigencia, de modificación mediante la formalización de la correspondiente adenda.

3. En caso de que en el momento de formalización de la prórroga se desee modificar por los firmantes el contenido del presente convenio, se tramitará conjuntamente con esta una adenda que recogerá dichos cambios.

4. Serán causas de resolución del presente convenio:

a) La finalización del plazo de vigencia del convenio.

b) La denuncia expresa del mismo por alguna de las partes.

c) Por mutuo acuerdo por las partes.

d) Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, si previo requerimiento para el cumplimiento del mismo no fuera atendido.

e) La imposibilidad sobrevenida.

f) Cualquier otra causa recogida en la legislación vigente.

Séptima

Consecuencias aplicables por causa de incumplimiento

En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes, y a propuesta de la Comisión de Seguimiento, se podrá acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que se consideren oportunas, estableciéndose un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.

Asimismo, el incumplimiento podrá ser causa de extinción del convenio según lo recogido en la cláusula sexta.

Octava

Imagen

Cualquier elemento de difusión relacionado con el objeto del presente convenio deberá incorporar los logos de la Comunidad de Madrid, Fundación para el Conocimiento Madri+d.

Novena

Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo recogido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, referente al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), aplicable desde el 25 de mayo de 2018, las partes se comprometen a respetar la confidencialidad de toda la información y los datos que, por cualquier medio, lleguen a su conocimiento, como consecuencia de las prácticas durante la vigencia de este convenio, de sus prórrogas, y una vez finalizada su vigencia, por la causa que sea. Las partes hacen constar de manera expresa que se abstendrán de cualquier tipo de tratamiento de los datos de que dispongan como consecuencia de este convenio, exceptuando aquel que sea estrictamente necesario para las finalidades del mismo. En este sentido se comprometen, especialmente, a no ceder a terceros los datos mencionados o los archivos que los contengan, así como a guardar estricta confidencialidad sobre los mismos. Asimismo, las partes quedan sometidas a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y demás normativa aplicable en materia de protección de datos.

Décima

Régimen jurídico y solución de controversias

El presente convenio tiene naturaleza jurídica administrativa, conforme a lo establecido en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las diferencias y controversias que puedan surgir entre las partes en la aplicación del convenio serán resueltas de mutuo acuerdo y, a falta del mismo, se someterán a los Tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y para que así conste, en prueba de conformidad, las partes firman el convenio en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento que será la correspondiente a la última firma.

Madrid, a 27 de diciembre de 2022.—El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Enrique López López.—El Presidente del Patronato de la Fundación para el Conocimiento Madri+d, Enrique Ossorio Crespo.

(03/25.766/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230119-25