Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2023

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230119-29

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

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ACUERDO de 30 de diciembre de 2022, de prórroga del Convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y la Mancomunidad del Sur), por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención destinada a financiar la construcción de diversas infraestructuras para el tratamiento de residuos, en cumplimiento de los objetivos de la Estrategia de Gestión Sostenible de Residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024.

En Madrid, a 30 de diciembre de 2022.

REUNIDOS

De una parte, el Ilmo. Sr. D. José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en virtud del Decreto 121/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio de 2021), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 369/2022, de 24 de febrero, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería.

De otra parte, doña Sara Hernández Barroso, la Ilma. Presidenta de la Mancomunidad del Sur, en virtud de su nombramiento en la sesión constitutiva de la Asamblea extraordinaria de Mancomunidad del Sur, de 2 de octubre de 2019, y de la competencia que le otorga el artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid (LALCM).

Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda al Convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

I. Con fecha 17 de diciembre de 2020 se suscribió un Convenio (en adelante, Convenio).

El objeto del Convenio consistía en regular la concesión directa de una subvención a favor de la Mancomunidad del Sur destinada a financiar parcialmente la construcción de grandes infraestructuras para la gestión de residuos en cumplimiento de los objetivos de las Estrategia de Gestión Sostenible de Residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024.

II. Con fecha 27 de diciembre de 2021 se suscribió la “Adenda al Convenio suscrito con fecha 17 de diciembre de 2020, entre la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, y la Mancomunidad del Sur, en virtud de la cual se incrementa en 2.500.000 euros el importe del anticipo de la subvención, a la construcción de diversas infraestructuras para el tratamiento de residuos, en cumplimiento de los objetivos de la Estrategia de Gestión Sostenible de Residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024” (en adelante, Adenda), entre la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad (actualmente Consejería de Medio Ambiente Vivienda y Agricultura), y la Mancomunidad del Sur.

Con esta Adenda se hicieron las siguientes modificaciones:

Primera

Modificar el punto primero de la cláusula cuarta, en el sentido de añadir lo siguiente:

Poner a disposición de la Mancomunidad del Sur el pago adicional de 2.500.000 euros de subvención con cargo a la partida 76301, denominada “Estrategia de Residuos” y del Programa 456N del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para 2021, como adelanto para la financiación de los gastos derivados de la construcción de infraestructuras de gestión de residuos.

Segunda

Modificar el párrafo primero de la cláusula sexta, en el sentido de añadir lo siguiente:

El pago adicional de 2.500.000 euros se realizará de forma anticipada, a la firma de la Adenda al Convenio, sin exigencia de garantías, de acuerdo con la normativa vigente.

III. Con fecha 29 de noviembre de 2022 y registro de entrada en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura número 30/002972.9/22, la Mancomunidad del Sur ha presentado escrito requiriendo la ampliación del plazo de ejecución de las actuaciones, según lo previsto en la cláusula novena solicitando:

— Primero: “La ampliación del plazo de ejecución prevista en la cláusula novena del Convenio hasta un máximo de 24 meses, dada la complejidad de las tramitaciones urbanísticas, ambiental y de contratación, así como los plazos legales establecidos para cada una de ellas, indicadas en el informe técnico 285/22, de 28 de noviembre de 2022”.

— Segundo: “Que se valore la presente solicitud en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento y Control, y se resuelva la misma por el órgano competente para conceder la subvención, para lo cual se estará a lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones”.

IV. Con fecha 15 de diciembre de 2022, y de acuerdo con lo establecido en la cláusula novena del Convenio, una vez presentada por la Mancomunidad del Sur la solicitud de prórroga, la Comisión Mixta de Seguimiento y Control del citado Convenio ha valorado dicha solicitud, encontrando justificadas las causas para solicitar la ampliación del plazo de ejecución de las actuaciones.

V. Con fecha 27 de diciembre de 2022, la Comisión Mixta de Seguimiento y Control pone de manifiesto que:

“… con motivo del temporal Filomena durante el plazo de un mes contado desde el día 8 de enero de 2021, en las instalaciones del Centro de Tratamiento de Residuos de Pinto, fue de todo punto imposible llevar a cabo las actuaciones convenidas, por circunstancias de fuerza mayor, imprevisibles y ajenas a la voluntad de las partes, por lo que se entiende suspendido el plazo de obras y, correlativamente el de duración del Convenio, de manera que en relación con lo dispuesto en la cláusula novena del Convenio el plazo de extinción del mismo por el transcurso del plazo fijado en la cláusula duodécima sería el 17 de enero de 2023, lo cual acuerdan las partes en esta comisión de seguimiento en el ejercicio de las competencias de interpretación del Convenio que tienen atribuidas en virtud de la cláusula decimotercera, tanto en lo relativo a su contenido como a su duración y extinción”.

CLÁUSULA

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula duodécima del Convenio suscrito el 17 de diciembre de 2020, y con el informe de valoración de la Comisión Mixta de Seguimiento y Control de 27 de diciembre de 2022, se prorroga el mencionado Convenio durante un período de veinticuatro meses, comprendido entre el 17 de enero de 2023 y el 17 de enero de 2025.

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido, ambas partes suscriben el presente Acuerdo.

Madrid, a 30 de diciembre de 2022.—La Presidenta de la Mancomunidad del Sur, Sara Hernández Barroso.—La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, P. D. (Orden 369/2022, de 24 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de marzo de 2022), el Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.

(03/152/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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