Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230119-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Reparcelación desarrollo del Este-Los Berrocales

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 29 de diciembre de 2022 y en el expediente 711/2020/18164, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Estimar y desestimar las alegaciones formuladas durante el período de información pública y trámite de audiencia al Proyecto de Reparcelación del Suelo Urbanizable Programado Pormenorizado 2.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales”, en los términos de los anexos I y II del informe de la Dirección General de Gestión Urbanística de 28 de diciembre de 2022.

Segundo.—Aprobar el Proyecto de Reparcelación del Suelo Urbanizable Programado Pormenorizado 2.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales”, promovido por la Junta de Compensación del ámbito, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Notificar el presente acuerdo a todas las personas interesadas y publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid y en uno de los diarios de mayor difusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

Lo que se publica para general conocimiento, significándose que el referido acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Madrid, a 9 de enero de 2023.—Por la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(02/308/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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