Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230119-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CAMPO REAL

URBANISMO

63
Campo Real. Urbanismo. Proyecto urbanización

Por el Pleno municipal extraordinario del Ayuntamiento de Campo Real, celebrado el día 17 de diciembre de 2022, se adoptó, por unanimidad de los asistentes, la aprobación definitiva del proyecto de urbanización de trece parcelas: en calle Dublín, números 9, 9D, 11, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 21, 23 y 25, y avenida de Europa, número 15.

A la vista de los siguientes antecedentes:

Examinada la documentación que la acompaña, no habiéndose presentado alegaciones al respecto y visto el informe de Secretaría.

Primero.—Aprobar definitivamente el siguiente Proyecto de Urbanización.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de urbanización en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo, ponerlo a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección https://camporeal.es ).

Tercero.—Notificar a los interesados en el procedimiento, de acuerdo con lo establecido en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Campo Real, a 21 de diciembre de 2022.—El alcalde, Felipe Moreno Morera.

(02/25.021/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230119-63