Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
20-01-2023

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230120-24

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

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ADENDA de 27 de diciembre de 2022, de prórroga del convenio de asistencia jurídica al Ente Público Canal de Isabel II, de 17 de enero de 2022.

REUNIDOS

De una parte, D. Fabio Pascua Mateo, Viceconsejero de Asuntos Jurídicos y Secretario General del Consejo de Gobierno, nombrado por Decreto 98/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio de 2021), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas en virtud del dispongo noveno de la Orden de 10 de diciembre de 2021, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y otras materias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 299, de 16 de diciembre de 2021), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D. Pablo José Rodríguez Sardinero, en su condición de Gerente del Ente Público Canal de Isabel II, nombrado en virtud de Acuerdo del Consejo de Administración de 1 de marzo de 2021, por el que se le nombra Gerente del Ente Público de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 52, de 3 de marzo de 2021), y, en virtud de las facultades que tiene conferidas por delegación de 7 de septiembre de 2018, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.1.c) y 5.2 del referido Decreto 68/2012, de 12 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 232, de 28 de septiembre de 2018), actuando en representación del Ente Público Canal de Isabel II.

Las Partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente Adenda de prórroga y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero

Con fecha de 17 de enero de 2022 fue suscrito el convenio de asistencia jurídica al Ente Público Canal de Isabel II, pactándose una duración inicial del mismo que finaliza el 31 de diciembre de 2022.

Dicho convenio tiene por objeto establecer el marco regulatorio de la asistencia y asesoramiento jurídico y/o representación y defensa en juicio realizada por los Letrados de la Comunidad de Madrid al Ente Público Canal de Isabel II, a tenor de las exigencias legales previstas en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, y su normativa de desarrollo.

Segundo

El artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula la duración y régimen de prórrogas de los convenios, disponiendo su apartado 2.o que, en cualquier momento anterior a la finalización del plazo de vigencia pactado, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción. En términos semejantes se expresa la cláusula cuarta del convenio cuya prórroga se pretende.

Tercero

Antes de la expiración de la vigencia del convenio, las partes estiman conveniente acordar la prórroga por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2023, al resultar satisfactoria la colaboración alcanzada en virtud del mismo.

Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga del convenio

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes acuerdan prorrogar el convenio de asistencia jurídica al Ente Público Canal de Isabel II, de 17 de enero de 2022, hasta el 31 de diciembre de 2023.

Segunda

Mantenimiento y vigencia del resto de cláusulas

Todas las restantes obligaciones asumidas por las partes firmantes en virtud del convenio que ahora se prorroga se mantienen expresamente vigentes y sin cambios hasta la expiración del plazo de prórroga objeto de la presente Adenda.

Y, siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente Adenda de prórroga, con los respectivos certificados electrónicos.

Madrid, a 27 de diciembre de 2022.—El Viceconsejero de Asuntos Jurídicos y Secretario General del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, Fabio Pascua Mateo.—El Gerente del Ente Público Canal de Isabel II, Pablo José Rodríguez Sardinero.

(03/3/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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