Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2023

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230123-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Boadilla del Monte. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de subvenciones y ayudas económicas a personas y entidades deportivas de Boadilla del Monte, correspondiente al ejercicio 2022.—De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

BDNS ID: 670784

Primero. Beneficiarios

Tendrán la condición de beneficiarios para la concesión de subvenciones y ayudas económicas con cargo a las presentes bases:

1. Las personas físicas empadronadas en el municipio de Boadilla del Monte.

2. Las entidades deportivas, legalmente constituidas en la fecha de publicación de la presente convocatoria, siempre que tengan su domicilio social y desarrollen su actividad para, por o dentro del término municipal de Boadilla del Monte. Los clubes y asociaciones deportivas deberán estar inscritos, en la fecha de publicación de la presente convocatoria, en el registro de asociaciones deportivas de la Comunidad de Madrid y en el registro de asociaciones vecinales de Boadilla del Monte.

Segundo. Objeto

Es objeto de la presente convocatoria desarrollar el procedimiento para la concesión de las subvenciones y ayudas económicas previstas en las bases reguladoras especiales para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones y ayudas económicas a personas y entidades deportivas de Boadilla del Monte.

Tercero. Bases reguladoras

La presente convocatoria se rige por la ordenanza reguladora de las bases específicas para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones con destino a personas y entidades deportivas de Boadilla del Monte, aprobadas en sesión plenaria el día 28 de septiembre de 2018, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 267, de 8 de noviembre de 2018, así como en la página web del Ayuntamiento de Boadilla del Monte ( www.aytoboadilladelmonte.org ).

Cuarto. Cuantía

Para el cumplimiento de la finalidad establecida en esta convocatoria se destinarán 30.000 euros. El importe máximo del proyecto o actuación que se presente será de 10.000 euros. El importe del proyecto o actuación deberá estar íntegramente justificado con las facturas y demás documentos justificativos que se aporten en la cuenta justificativa. La financiación máxima para cada proyecto será de 4.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en forma de extracto. Las ayudas deberán solicitarse utilizando los modelos normalizados aprobados con la convocatoria.

Sexto. Otros datos

En cuanto al modo de presentación de la documentación, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. El certificado digital empleado deberá pertenecer a la entidad jurídica solicitante. No se admitirán solicitudes ni otros trámites asociados que se presenten con otro tipo de certificado digital.

Boadilla del Monte, a 29 de diciembre de 2022.—El cuarto teniente de alcalde concejal-delegado de Medio Ambiente, Deportes y Festejos, David Mesa Vargas.

(03/779/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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