Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230123-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO

OFERTAS DE EMPLEO

62
Collado Mediano. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Resolución de Alcaldía número 2023-0028, de 9 de enero de 2023, del Ayuntamiento de Collado Mediano, por la que se resuelve la publicación de la relación de aprobados en la convocatoria de selección para la cobertura de la plaza de técnico de Gestión Medioambiental vacante en la plantilla del Ayuntamiento de Collado Mediano.

Habiéndose concluido el procedimiento para la selección de personal funcionario mediante concurso-oposición para la provisión en propiedad de una plaza de técnico de Medio Ambiente en este Ayuntamiento, de acuerdo con la convocatoria cuyas bases fueron publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de fecha 13 de mayo de 2022, se publica para su general conocimiento el nombramiento a favor de:

El aspirante propuesto para acceder a la condición de funcionario será nombrado técnico de Gestión Medioambiental en prácticas por un período de dos meses. Será requisito indispensable la superación de este período con la calificación de apto para el nombramiento como funcionario de carrera.

El aspirante propuesto deberá acreditar ante este Ayuntamiento, en el plazo de veinte días hábiles desde la publicación del presente anuncio, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento debiendo presentar únicamente certificación del Organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Se advierte que quienes, dentro del plazo indicado y, salvo los casos de fuerza mayor, no acrediten la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

Una vez publicada la relación definitiva por orden de puntuación, los interesados podrán interponer reclamación en el plazo de tres días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de dicha relación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dicha reclamación se dirigirá al Tribunal de Selección y este, a su vez, una vez resueltas las reclamaciones, si las hubiera, publicará la relación definitiva en la sede electrónica.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la alcaldesa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar conveniente.

En Collado Mediano, a 11 de enero de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Irene Zamora Sánchez.

(03/485/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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