Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 21

Fecha del Boletín 
25-01-2023

Sección 1.4.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230125-58

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ADENDA de 30 de diciembre de 2022, por la que se prorroga la vigencia del convenio suscrito el 16 de junio de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Móstoles, para la potenciación de actividades coreográficas en dicho municipio.

En Madrid, a 30 de diciembre de 2022.

REUNIDOS

De una parte, D. Gonzalo Cabrera Martín, Director General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 148/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, de acuerdo con la delegación prevista en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, y de conformidad con el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

De otra parte, D.a Noelia Posse Gómez, Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento de Móstoles (Madrid), nombrada por el ayuntamiento en pleno en su sesión celebrada el día 15 de junio de 2019, actuando en nombre y representación de dicha Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 124 4 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Ambas partes, en las representaciones que intervienen, se reconocen, recíprocamente, representación y capacidad legal suficiente para suscribir el presente Convenio y al efecto

EXPONEN

I. Que, con fecha 16 de junio de 2022 la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Móstoles firmaron un Convenio de colaboración para el fomento, la promoción y la difusión de actividades coreográficas, en centros de titularidad municipal, mediante la colaboración de ese Ayuntamiento con la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

II. Que el artículo 5 del Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, atribuye, entre otras, a la Dirección General de Promoción Cultural, las competencias relativas a la promoción, gestión, seguimiento y control de las actividades de la cultura y las artes escénicas, musicales y cinematográficas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

III. Que la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigente identifica como una de las actividades a desarrollar por la Dirección General de Promoción Cultural la realización de actividades y proyectos coreográficos integradores de sectores de población diversificados y como descentralización cultural, para lo cual se suscribirán los correspondientes convenios.

IV. Que uno de los objetivos prioritarios de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para el año 2023 es el desarrollo de la danza y su difusión, en todas sus manifestaciones, en todo el territorio de la Comunidad de Madrid, a cuyo fin realizará todas las acciones necesarias para promover la cultura coreográfica y realizar una labor de formación de los ciudadanos cuyo fin último es la creación de nuevos públicos y la consolidación del ya existente.

V. Que al carecer la Comunidad de Madrid de los medios necesarios para llevar a cabo dichos objetivos al no disponer prácticamente de teatros propios en municipios distintos al de Madrid, en los que poder desarrollar por sí misma dichas actividades, la descentralización cultural a través de las entidades locales, se ha revelado como un instrumento óptimo para lograr dichos fines ya que por su cercanía a los destinatarios últimos de estos bienes, los habitantes de las localidades donde se llevan a cabo, es el medio más eficaz para facilitar el acceso de todos los ciudadanos a la cultura.

VI. Que conforme a lo señalado en la Cláusula Novena el citado Convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, si bien las partes podrán, en cualquier momento antes de la finalización del plazo de vigencia, y por acuerdo unánime que en todo caso deberá constar por escrito, prorrogar sus efectos por un período de hasta cuatro años adicionales.

Por lo tanto, en virtud de cuanto antecede, y con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho Convenio, las partes firmantes de esta Adenda estiman necesario continuar con dicha colaboración por un nuevo período de1 año, de conformidad a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto de la prórroga

Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por 1 año, del Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Móstoles para la potenciación de actividades coreográficas en dicho municipio.

Segunda

Obligaciones de las partes

Las partes intervinientes, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración.

Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes, se entenderán vigentes hasta la extinción de la prórroga por el transcurso de los plazos.

Tercera

Vigencia de la Adenda

Esta Adenda estará en vigor desde el 1 de enero de 2023 hasta el cumplimiento de las obligaciones de las partes, esto es, la realización de todas las actividades previstas en el Convenio suscrito el 16 de junio de 2022 y, en todo caso hasta el 31 de diciembre de 2023.

Y para que así conste, en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente Adenda, por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Madrid, a 30 de diciembre de 2022.—Por el ayuntamiento de Móstoles, Noelia Posse Gómez.—Por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre, el Director General de Promoción Cultural, Gonzalo Cabrera Martín.

(03/301/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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