Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
27-01-2023

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230127-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

19
ACUERDO de 10 de enero de 2023, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y El Ayuntamiento de Redueña, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 10 de enero de 2023.

REUNIDOS

De una parte, don José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en virtud del Decreto 121/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio de 2021), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 369/2022, de 24 de febrero, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería.

Y de otra, doña María de las Mercedes Pérez González, Alcaldesa/Presidenta del Ayuntamiento de Redueña, elegida por el Pleno de la Corporación en fecha 15 de junio de 2019, actuando en nombre y representación de dicha Corporación Municipal en virtud de las competencias que le otorga la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Reconociéndose ambas partes capacidad legal para suscribir la presente adenda de prórroga de convenio, a cuyo efecto,

EXPONEN

Primero

El 30 de enero de 2020 se firmó el convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de Redueña, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al portal de suelo de la comunidad de Madrid.

Segundo

La cláusula séptima de dicho convenio contempla que el mismo tendrá una duración de tres años, pudiendo prorrogarse por mutuo acuerdo expreso de sus firmantes por igual período de tiempo, que deberá ser formalizado antes de que finalice su plazo de vigencia, de conformidad con el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercero

Que es voluntad de las partes, prorrogar la vigencia del convenio durante tres años más, en los términos recogidos en el mismo. Por ello, y de conformidad con el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes suscriben la prórroga expresa del convenio de adhesión al Portal de Suelo, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula séptima del convenio suscrito el día 30 de enero de 2020, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de Redueña, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al portal de suelo de la comunidad de Madrid, y con el acuerdo unánime de las partes firmantes, se prorroga el mencionado Convenio durante el período de 3 años, comprendido entre el 31 de enero de 2023 y el 31 de enero de 2026.

Segunda

Obligaciones económicas

La prórroga no conllevará ninguna contraprestación económica, conforme a lo establecido en la cláusula cuarta del convenio.

Y en prueba de conformidad, firman las partes este documento, a un solo efecto y en todas sus hojas, en el lugar y fechas consignados.

Madrid, a 10 de enero de 2023.—La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, P. D. (369/2022, de 24 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 53, de 3 de marzo), el Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.—La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Redueña, María de las Mercedes Pérez González.

(03/503/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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