Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
27-01-2023

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230127-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINILLA DEL VALLE

OTROS ANUNCIOS

52
Pinilla del Valle. Otros anuncios. Candidatura juez de paz sustituto

Visto que se encuentra vacante la plaza de juez de paz sustituto de Pinilla del Valle, de conformidad los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, corresponde al Pleno del Ayuntamiento la elección de las personas para su nombramiento.

Se abre un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas que estén interesadas en desempeñar el cargo de juez de paz sustituto, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los interesados deberán reunir las condiciones previstas en el Reglamento de los Jueces de Paz, de 7 de junio de 1995, y Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y los artículos 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio.

Pinilla del Valle, a 17 de enero de 2023.—La alcaldesa-presidenta, María del Mar Fernández García.

(03/856/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230127-52