Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
28-01-2023

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230128-3

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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PUBLICACIÓN de Anexo de 5 de enero de 2023, al convenio marco entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Familia, Juventud y Política Social y la Universidad San Pablo-CEU de Madrid, para la realización de prácticas académicas de alumnos de la Facultad de Medicina, Grado en Fisioterapia, en centros y/o servicios de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, correspondiente al curso 2022-2023.

En Madrid, a 5 de enero de 2023.

REUNIDOS

De una parte, D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social, de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D.a Rosa M.a Visiedo Claverol, Rectora Magnífica de la Universidad San Pablo-CEU, actuando en nombre y representación de la Universidad, con domicilio en Madrid, calle de Isaac Peral, n.o 58, con CIF G-28423275, en uso de las facultades que tiene conferidas según nombramiento en Junta celebrada el 13 de julio de 2019 del Patronato de Universidad San Pablo CEU, y en virtud de escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario de Madrid, D. Segismundo Álvarez Royo-Villanova en fecha 22 de julio de 2019, bajo el número de protocolo 2.716.

Las partes se reconocen mutuamente la plena capacidad legal necesaria para formalizar el presente Anexo, y en el ejercicio de las facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, y a tal efecto,

MANIFIESTAN

Que el presente Anexo trae causa en el Convenio firmado entre la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid y la Universidad San Pablo-CEU de Madrid, en adelante “la Universidad”, de fecha 8 de noviembre de 2021.

Que, en cumplimiento de lo establecido en la cláusula séptima del referido Convenio, y de acuerdo con el artículo 7.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, se recogen y detallan en el presente Anexo los siguientes

APARTADOS

Primero

Programa/proyecto formativo de prácticas

Grado en Fisioterapia:

Dentro del programa práctico, la culminación del mismo se encuentra establecido en un módulo específicamente orientado al desarrollo de las competencias relativas a las habilidades, aplicación de conocimientos y desarrollo de la capacidad investigadora. Dentro de éste módulo, a través de la materia de Estancias Clínicas, se persigue que el alumno alcance los siguientes objetivos:

— Proporcionar una atención de Fisioterapia eficaz e integral y derivar al paciente a otros profesionales cuando sea necesario, estableciendo un nivel de cooperación de forma efectiva y coordinada con los demás miembros del equipo multidisciplinar. Aclarar, solucionar dudas y orientar al paciente y a sus familiares durante todo el proceso terapéutico.

— Elaborar y cumplimentar de forma sistemática la Historia Clínica de Fisioterapia, donde se registren de forma adecuada y eficaz todos los pasos seguidos, desde la recepción del paciente/usuario hasta el informe de alta de Fisioterapia, manteniendo la confidencialidad de los datos a los que accede en función de su trabajo.

— Adquirir habilidades de gestión clínica que incluyan el uso eficiente de los recursos sanitarios y desarrollar actividades de planificación, gestión y control en las unidades asistenciales donde se preste atención en fisioterapia y su relación con otros servicios sanitarios. Diseñar el plan de intervención de Fisioterapia, coordinarlo utilizando las herramientas terapéuticas propias, estableciendo el pronóstico, evaluando los resultados obtenidos y decidiendo sobre el alta fisioterapéutica.

Segundo

Calendario

Los períodos de realización de prácticas curriculares, en función del horario que se acuerde con la Consejería, así como sus posibilidades de horario asistencial, son:

Grado en Fisioterapia:

Del 16 de enero al 21 de abril de 2023 (se realizará de lunes a Jueves) = 430 h.

Tercero

Desarrollo de las prácticas

El desarrollo de las prácticas se establecerá de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la Consejería.

Los horarios serán compatibles con la actividad académica y formativa y de representación y participación desarrollado por el estudiante en la Universidad, debiendo el alumno comunicarlas con antelación suficiente al profesional-tutor.

Cuarto

Obligaciones del estudiante

Los estudiantes que realicen las prácticas estarán sujetos al régimen general establecido en el Convenio Marco firmado y a las condiciones concretas de este Anexo.

El estudiante deberá:

— Cumplir la normativa vigente establecida por la Universidad.

— Conocer y cumplir el proyecto formativo siguiendo las indicaciones del profesional-tutor de la Consejería.

— Incorporarse al centro y/o servicio donde vaya a realizar las prácticas en la fecha acordada, cumplir el horario previsto, justificar debidamente sus faltas de asistencia ante la Consejería y la Universidad y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales del mismo.

— Guardar confidencialidad y secreto sobre las informaciones, documentos o asuntos a los que tenga acceso o de los que tenga conocimiento durante el desarrollo de las prácticas. A estos efectos, cada estudiante deberá firmar, antes del inicio de aquéllas, un compromiso sobre confidencialidad y protección de datos de carácter personal, que le será presentado por el centro y/o servicio de la Consejería en el que realice las prácticas.

— Mostrar una actitud respetuosa hacia la política de la Consejería.

— Elaborar y entregar al profesor tutor de la Facultad una memoria final, a la conclusión de las prácticas, según el modelo facilitado por dicha Universidad.

— No hacer uso de los trabajos realizados en la práctica sin la autorización expresa y previa de la Consejería.

Quinto

N.o de plazas y centros y/o servicios para los que se solicita la inclusión de alumnos

La Facultad de Medicina de la Universidad solicita plazas de prácticas para el grado en Fisioterapia, en los centros y servicios dependientes de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, para el curso académico 2022-2023.

Las plazas y centros y servicios de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social a los que la Facultad de Medicina de la Universidad puede acceder para la asignación de alumnos en prácticas para el grado en Fisioterapia, durante el curso 2022-2023 son los siguientes:

Se admite la posibilidad de que esta asignación de plazas pueda sufrir alguna variación en función de las necesidades y/o situaciones especiales de ambas instituciones, siendo en este caso necesario que se notifique previamente a la otra parte.

Sexto

Profesores-tutores responsables de las prácticas

Para la supervisión de las prácticas, la Facultad de Medicina de la Universidad designará en cada caso el tutor o tutora académico correspondiente.

Séptimo

Oferta formativa para los profesionales tutores

La Universidad, facilitará a los profesionales-tutores el acceso a su fondo bibliográfico y documental, así como a sus distintas bibliotecas, respetando, en todo caso, las normas de acceso y uso de las mismas.

La Consejería podrá proponer a la Universidad la posibilidad de organizar cursos y otras acciones formativas concretas dirigidas a los profesionales-tutores.

Los profesionales-tutores de los Centros de prácticas tendrán acceso a los siguientes servicios de la Universidad:

— Al reconocimiento honorífico de su actividad colaboradora, que se concretará a través de un Certificado en el que conste su nombramiento de “Tutor de prácticas externas” por la labor desempeñada como tutor del estudiante en prácticas.

— A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así como del Proyecto Formativo y de las condiciones de su desarrollo.

— A mantener contacto con los responsables de prácticas externas y/o con los tutores académicos designados por la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de los fines propios de su función.

— A tener acceso a los servicios de la Biblioteca y bases de datos dentro de la categoría de Investigador de la Universidad, así como a las instalaciones deportivas en las mismas condiciones que el personal de la Universidad. En ambos casos, deberán solicitar una acreditación previa de su condición al Responsable de prácticas del Centro.

— Información y acceso a conferencias y charlas organizadas por las Facultades.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente Anexo, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid.

Madrid, de 5 de enero de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—La Rectora Magnífica de la Universidad San Pablo-CEU, Rosa M.a Visiedo Claverol.

(03/772/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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