Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 31

Fecha del Boletín 
06-02-2023

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230206-53

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

53
Getafe. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

La Junta de Gobierno, en sesión extraordinaria urgente celebrada el día 19 de enero de 2023, adopto el siguiente acuerdo:

«15. Proposición de la alcaldesa sobre delegación de competencias de la junta de gobierno en coordinadores generales.

Vista la proposición de referencia de 18 de enero de 2023, por unanimidad se acuerda:

I. Delegar en D. Víctor Manuel Fuentes García, Coordinador General de Hacienda las siguientes atribuciones bajo la superior dirección del Concejal Delegado de Hacienda y Coordinación de Barrios, en su ámbito competencial:

a) La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones en su caso.

b) Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, así como la autorización y compromiso de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.

c) La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos previstos en el artículo 28 de la LCSP.

Dejando sin efecto la delegación efectuada en estas materias a favor del Concejal Delegado de Hacienda y Coordinación de Barrios.

II. Delegar en D.a M.a Pilar López Portillo, Coordinadora General de Recursos Humanos las siguientes atribuciones bajo la superior dirección de la Concejala Delegada de Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana, en su ámbito competencial:

a) La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones en su caso.

b) Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, así como la autorización y compromiso de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.

c) La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos previstos en el artículo 28 de la LCSP.

Dejando sin efecto la delegación efectuada en estas materias a favor de la Concejala Delegada de Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana.

III. Delegar en D. Serafín Sardina Vázquez, Coordinador General de Urbanismo, las siguientes atribuciones bajo la superior dirección del Concejal Delegado de Urbanismo, Modernización y Transparencia, en su ámbito competencial:

a) Aprobación de Planes de Seguridad y salud de las obras adjudicadas por la Junta de Gobierno de su ámbito competencial.

b) Otorgar el Visto Bueno de las certificaciones de obra de su ámbito competencial.

c) La devolución de garantías de los proyectos de urbanización.

d) Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, así como la autorización y compromiso de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.

e) La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones en su caso.

f) La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos previstos en el artículo 28 de la LCSP.

g) Aceptación una vez aprobada por la Dirección Facultativa del Plan de Residuos de Construcción y Demolición presentado por el contratista.

Dejando sin efecto la delegación efectuada en estas materias a favor del Concejal Delegado de Urbanismo, Modernización y Transparencia.

IV. Delegar en D. Sandalio Tijerín Bravo, Coordinador General de Cultura las siguientes atribuciones bajo la superior dirección del Concejal Delegado de Cultura y Convivencia, en su ámbito competencial:

a) La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones en su caso.

b) Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, así como la autorización y compromiso de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.

c) La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos previstos en el artículo 28 de la LCSP.

d) La autorización directa de uso de instalaciones culturales.

Dejando sin efecto la delegación efectuada en estas materias a favor del Concejal Delegado de Cultura y Convivencia.

V. Delegar en D. Daniel Sanz Yágüez, Coordinador General de Bienestar Social, las siguientes atribuciones bajo la superior dirección de la Concejala Delegada de Bienestar Social y Cooperación, en su ámbito competencial:

a) La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones en su caso.

b) Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, así como la autorización y compromiso de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.

c) La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos previstos en el artículo 28 de la LCSP.

Dejando sin efecto la delegación efectuada en estas materias a favor de la Concejala Delegada de Bienestar Social y Cooperación.

VI. Delegar en D. José Guillermo Fouce Fernández, Coordinador General de Salud y Consumo, las siguientes atribuciones bajo la superior dirección de la Concejala Delegada de Salud, Juventud y Consumo, en su ámbito competencial:

a) La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones en su caso.

b) Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, así como la autorización y compromiso de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.

c) La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos previstos en el artículo 28 de la LCSP.

Dejando sin efecto la delegación efectuada en estas materias a favor de la Concejala Delegada de Salud, Juventud y Consumo.

El presente acuerdo entrará en vigor desde su adopción, sin perjuicio de su notificación directamente a los interesados y a todos los grupos políticos municipales y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Getafe, a 25 de enero de 2023.—La jefa de la Oficina de la Junta de Gobierno, María Concepción Muñoz Yllera.

(03/1.398/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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