Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230207-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CENICIENTOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

37
Cenicientos. Régimen económico. Ordenanza fiscal precio público recarga

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Cenicientos de 7 de noviembre de 2022, aprobando el establecimiento del precio público por suministro de recarga eléctrica en estaciones de recarga municipales, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 44 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR SUMINISTRO DE RECARGA ELÉCTRICA EN ESTACIONES DE RECARGA MUNICIPALES

Artículo 1. Fundamento.—De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41, ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Cenicientos establece el precio público por el suministro de recarga eléctrica para vehículos eléctricos en estaciones de recarga municipales que se regirá por la presente ordenanza.

Art. 2. Objeto.—Es objeto del presente precio público, el suministro de recarga eléctrica en estaciones de recarga municipales para los usuarios interesados en recargar su de vehículo eléctrico en la vía pública.

Art. 3. Obligados al pago.—Están obligados al pago del presente precio público los usuarios que realicen la carga de sus vehículos en las estaciones de recarga municipales de vehículos eléctricos en la vía pública.

El alta en la aplicación móvil (APP) asociada a la estación de recarga, permite a la persona usuaria hacer las recargas eléctricas en la red municipal de Cenicientos con las tarifas vigentes aprobadas por el Ayuntamiento.

Las tarifas de recarga serán visibles en la APP previo al inicio del proceso de recarga.

Art. 4. Cuantía.—La cuantía del precio se establece en 0,35 euros/kWh (IVA incluido), para cubrir los costes asociados a la gestión y mantenimiento de este servicio municipal.

Art. 5. Normas de gestión de cobro.—Los interesados en recargar su vehículo eléctrico en los puntos de recarga municipales deberán acceder al suministro a través de las plataformas habilitadas tanto Web como APP, identificándose y utilizando la pasarela de pago que se habilite al efecto.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza, una vez aprobada en Pleno por el Ayuntamiento de Cenicientos, entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cenicientos, a 25 de enero de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Natalia Núñez Jiménez.

(03/1.402/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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