Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
08-02-2023

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230208-62

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

URBANISMO

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Móstoles. Urbanismo. Plan especial

Por la presente se hace público que la Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el día 18 de octubre de 2022, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Primero.—Admitir a trámite la solicitud y aprobar inicialmente el Plan Especial para la autorización de usos compatibles en edificio exclusivo en la parcela situada en el paseo de Arroyomolinos, 53, Móstoles, Madrid, solicitado por Ibertrading Inversiones, S. L., de referencia expediente U/005/PLA/2021/06 (PU06/2021).

Segundo.—Abrir el trámite de información pública por plazo de un mes, durante el cual se podrá consultar el documento en el Departamento de Planeamiento e Infraestructuras de la Gerencia Municipal de Urbanismo, calle Independencia, número 12, 6.a planta.

Insertar anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor difusión. Asimismo, en orden a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26 del RMPA, deberá publicarse en los tablones de edictos de la Casa Consistorial, de las Juntas de Distrito, de los Organismos Autónomos y en la web municipal, así como notificación individualizada a los propietarios.

De forma simultánea a la información pública, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos conforme a la LSCM, de 17 de julio, y conforme a la normativa sectorial y no sean exigibles con carácter previo a la aprobación inicial, y que deberán ser emitidos en el mismo plazo que la información pública.

Tercero.—Requerir:

Al no existir definición del coeficiente de homogeneización para el uso hotelero para el AH-11, se adopta el establecido para el Área Homogénea AH-9.2 en el que se define un coeficiente de homogeneización para el uso terciario-oficina-hotelero de 1,09.

Debe aclararse la edificabilidad en los centros de servicios en edificio exclusivo para el pequeño y mediano comercio y hostelería yacio (0,824 m2/m2).

Ocupación máxima: 70 %. En cualquiera se garantizará que se resuelven los aparcamientos necesarios en el interior de la parcela.

La dotación de plazas de aparcamiento debe ser la establecida por el Plan General. Debe cumplir la ordenanza general de aparcamientos, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Móstoles el día 14 de abril de 2011 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de junio de 2011).

Se estará a lo dispuesto por el artículo III.3.4 de las Normas Urbanísticas Generales del Plan General sobre medición de la superficie computable a efectos de edificabilidad. Por ser esta una determinación estructurante.

La denominada nueva ordenanza de aplicación en el paseo de Arroyomolinos, 53 (Móstoles), no debe repetir lo que mantiene de la establecida por el Plan General, remitiéndose a ella cuando proceda, para evitar futuros errores de interpretación. De forma general, el Plan Especial debe incluir la normativa propia de su desarrollo, pero sin repetir o reproducir la prevista por el Plan General a fin de evitar confusiones posteriores en el proceso de concesión de la licencia. Así, la ordenanza del Plan Especial ha omitido la opción permitida por la ordenanza ZU-AE-3 para la implantación de minipolígonos, lo que no parece aconsejable, de ahí la importancia de incluir en la ordenanza del plan especial exclusivamente lo que complementa a la normativa vigente del Plan General.

Para el uso abastecimiento de combustibles. Además del Plan General será de aplicación el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 11 de mayo de 2021 sobre la modificación del acuerdo 11/130, adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Móstoles, en sesión celebrada el 24 de febrero de 2015 sobre criterios para la autorización del uso abastecimiento de combustible en el municipio de Móstoles.

Se aportará fichero del plano de la parcela, acotado, en formato digital (dxf o dwg), en coordenadas UTM ETRS-89 HUSO 30 de acuerdo con la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria y de la Ley de Catastro Inmobiliario, que implica a las Administraciones Locales a “remitir al Registro de la Propiedad los planes urbanísticos generales y de desarrollo, debidamente georreferenciados y metadatados”.

El documento de aprobación definitiva deberá presentarse visado (tres ejemplares) por colegio técnico profesional competente y firmado por la propiedad legalmente representada (incluido los propietarios en régimen de gananciales si los hubiera) y el técnico redactor. Se entregará completo, incluido anexos, mediante archivo informático en formato pdf.

Cuarto.—Dar traslado de esta resolución al interesado Ibertrading Inversiones, S. L., a los efectos oportunos».

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y teniendo en cuenta el mencionado acuerdo de la Junta de Gobierno Local, se somete el citado documento a información pública y audiencia a los interesados por plazo de un mes para que puedan formularse cuantas reclamaciones y sugerencias se consideren oportunas, estando a disposición de los ciudadanos, a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en las dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Móstoles, en la calle Independencia, número 12, en horario de 9:00 hasta las 14:00 horas.

Móstoles, a 10 de enero de 2023.—La concejala-delegada de Presidencia y Desarrollo Urbano, Marisa Ruiz González.

(02/1.289/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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