Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
09-02-2023

Sección 1.2.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230209-2

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

2
ACUERDO de 8 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se designan Vocales del Consejo de Administración de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.

El artículo 6 de Ley 3/2004, de 10 de diciembre, de creación de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, regulaba de la siguiente manera la composición de su Consejo de Administración:

“1. El Consejo de Administración estará constituido por:

a) El Presidente, que será el titular de la Consejería competente en materia de justicia.

b) El Vicepresidente, que será un Viceconsejero de la Consejería competente en materia de justicia.

c) Vocales:

1.1. El Viceconsejero de Educación; el Viceconsejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio; el Viceconsejero de Cultura y Deportes; el Viceconsejero de Familia y Asuntos Sociales; el Viceconsejero de Empleo y Mujer; el Director-Gerente del Instituto Madrileño del Menor y la Familia, el Director General de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública, el Director-Gerente de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid y el titular de la Dirección General de la Familia, y el Director General de Cooperación con la Administración Local.

1.2. Hasta un máximo de tres vocales, que serán nombrados y, en su caso, cesados por acuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería competente en materia de justicia, entre personas de reconocida competencia técnica, en relación con el objeto de la Agencia.

1.3. Tres vocales designados por las Organizaciones Sindicales con mayor nivel de implantación en la Administración de la Comunidad de Madrid.

1.4. El Presidente de la Federación de Municipios de Madrid o persona en quien delegue.

1.5. Tres vocales designados por las entidades más representativas que tengan como fin principal la reeducación, la reinserción y la defensa del menor.

d) Secretario: Un funcionario perteneciente a la Agencia (…)”.

El Pleno de la Asamblea de Madrid en su sesión ordinaria celebrada el día 15 de diciembre de 2022, aprobó la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el impulso de la actividad económica y la modernización de la Comunidad de Madrid, que tiene como finalidad la simplificación normativa en el ámbito de la Comunidad de Madrid y la reducción de los trámites burocráticos.

El artículo 24 de esta Ley, modifica la redacción de los artículos 5 y 6 de la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, relativos a las atribuciones del Consejo de Administración y a su composición, respectivamente, con el fin de mejorar su operatividad, racionalizando el número de miembros de su Consejo de Administración, que queda reducido a los representantes de las áreas más vinculadas a la intervención con menores y jóvenes infractores.

De acuerdo con lo anterior, se modifica la redacción del apartado 1.c) 1.1 y se suprimen los apartados 1.c) 1.2 y 1.c) 1.5 del artículo 6 de la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, de creación de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, que queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 6. Composición del Consejo de Administración.

1. El Consejo de Administración estará constituido por:

a) El Presidente, que será el titular de la Consejería competente en materia de justicia.

b) El Vicepresidente, que será el titular de la Viceconsejería adscrita a la Consejería competente en materia de justicia.

c) Vocales, designados por el Consejo de Gobierno con arreglo a lo siguiente:

1. En representación de la Administración de la Comunidad de Madrid, un máximo de seis vocales designados por el Consejo de Gobierno entre los ámbitos competenciales que guarden una mayor vinculación en materia de intervención con menores y jóvenes infractores.

2. Tres vocales propuestos por las organizaciones sindicales con mayor nivel de implantación en la Administración de la Comunidad de Madrid.

3. El titular de la Presidencia de la Federación de Municipios de Madrid o, en su caso, la persona en quien delegue.

d) Secretario, corresponderá a un funcionario de carrera adscrito a la plantilla de la Agencia (…)”.

Esta modificación tiene como finalidad mejorar la operatividad del Organismo Autónomo Agencia para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, racionalizando el número de miembros de su Consejo de Administración designados en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid y circunscribiéndolo a las áreas más vinculadas a la intervención con menores y jóvenes infractores.

En consecuencia, habiéndose modificado la composición de los vocales del Consejo de Administración de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, atendiendo a lo dispuesto en el apartado 1, c), 1.o del artículo 6 de la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, deben designarse por el Consejo de Gobierno, en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid, un máximo de seis vocales entre los ámbitos competenciales que guarden una mayor vinculación en materia de intervención con menores y jóvenes infractores.

Por tanto, se procede a adecuar la composición del Consejo de Administración de la Agencia a la nueva redacción del citado precepto, por un lado, en lo relativo a los vocales designados en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid, circunscribiéndolos a los ámbitos competenciales con mayor grado de interrelación en la intervención de los menores y jóvenes infractores que la propia Agencia desarrolla.

Por otro lado, y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1, c), 2.o y 3.o del artículo 6 de la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, forman parte del citado Consejo de Administración tres vocales propuestos por las organizaciones sindicales con mayor nivel de implantación en la Administración de la Comunidad de Madrid, así como el titular de la Presidencia de la Federación de Municipios de Madrid o, en su caso, la persona en quien delegue, que también son designados por Consejo de Gobierno.

Conforme a lo anterior, corresponde también al Consejo de Gobierno la designación de los citados vocales.

En su virtud, conforme a lo dispuesto, en el artículo 6 de Ley 3/2004, de 10 de diciembre, de creación de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, en relación con el artículo 8 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración institucional de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 8 de febrero de 2023,

ACUERDA

Primero

Designar a los siguientes vocales del Consejo de Administración de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor:

1.o En representación de la Administración de la Comunidad de Madrid:

— Doña Rocío Albert López-Ibor, Viceconsejera de Política Educativa.

— Don Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda, Viceconsejero de Familia, Juventud y Política Social.

— Doña Silvia Valmaña Ochaita, Directora General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.

— Don José Manuel Miranda de las Heras, Director-Gerente del Organismo Autónomo Agencia Madrileña de Atención Social.

— Doña Elena Andradas Aragonés, Directora General de Salud Pública.

— Don Fernando Benzo Sainz, Director General de Deportes.

2.o En representación de las organizaciones sindicales con mayor nivel de implantación en la Administración de la Comunidad de Madrid, y a propuesta de estas:

— Don Javier Díaz Toril, en representación de la organización sindical Comisiones Obreras (CC. OO.).

— Don Francisco Javier Sanz Fernández, en representación de la organización sindical Unión General de Trabajadores (UGT).

— Don Luis Torres Flores, en representación de la organización sindical Coalición Sindical Independiente de Trabajadores (CSIT-UP).

3.o A don Pedro Guillermo Hita Téllez, Presidente de la Federación Madrileña de Municipios.

Segundo

Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 8 de febrero de 2023.

El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, ENRIQUE LÓPEZ LÓPEZ

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/2.224/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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