Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
09-02-2023

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230209-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Becerril de la Sierra. Régimen económico. Calendario fiscal

Por el presente, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 102 de la Ley General Tributaria 58/2003, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se hace público para el general conocimiento que, por resolución de Alcaldía 66-2023, de 20 de enero, se ha resuelto aprobar el calendario fiscal definitivo para el año 2023, el cual puede ser consultado junto con el resto de información al respecto, en la sede electrónica del Ayuntamiento, https://becerrildelasierra.sedelectronica.es en la sección Portal de Transparencia, Información y Atención al ciudadano, Información Fiscal al Contribuyente, así como en el tablón de anuncios de la misma, de acuerdo con el cual el período de cobranza será:

La Alcaldía podrá modificar el calendario cuando por motivos de índole técnica debidamente justificados, impidan la gestión de los recursos económicos señalados en las fechas indicadas informando a los interesados.

— Forma de pago: tarjeta bancaria, en la Recaudación Municipal (plaza de la Constitución, número 1), de lunes a viernes, de 10:00 a 13:00 horas o en las entidades colaboradoras: Caixabank, Santander, o BBVA. Se sugiere domiciliar los recibos lo cual conlleva una bonificación (3 por 100 o 5 por 100 con sistema SEPT).

Advertencia: transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con los artículos 26, 28, 62 y 161 de la Ley 58/2003, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como de los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

— Exposición pública de padrones, consulta y reclamaciones: un mes desde su aprobación de acuerdo con la normativa sobre protección de datos.

— Recursos contra el padrón: de reposición en un mes y contencioso-administrativo en dos meses (108 de la Ley 7/1985 RBRL y 14 del RD 2/2004 TRLRHL). La interposición de recurso no detendrá la acción administrativa para la cobranza.

En Becerril de la Sierra, a 27 de enero de 2023.—El alcalde, Antonio Herrero Márquez.

(01/1.614/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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