Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
10-02-2023

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230210-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

53
Alcobendas. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En la Intervención de esta Entidad Local, y conforme disponen los artículos 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), en relación con el artículo 169.2 del mismo texto, y 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se han expuesto al público, a efectos de reclamaciones, las modificaciones presupuestarias por expediente de suplemento de crédito 15 de 2022, aprobadas por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria de 17 de noviembre de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre) y que afectan al presupuesto de 2022 de la Entidad, con el siguiente resumen por capítulos:

Finalizado el plazo, no se ha presentado reclamación alguna, por lo que los acuerdos se elevan a definitivos en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 del TRLHL. No obstante, en virtud del artículo 171.1 de la misma Ley, se podrá interponer directamente, contra los referenciados expedientes de modificación del presupuesto general, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Alcobendas, a 30 de enero de 2023.—El titular accidental del Órgano de Contabilidad y Presupuesto (nombramiento por resolución de la Dirección General de Reequilibrio Territorial de la Consejería de Administración Local y Digitalización de la Comunidad de Madrid, de fecha 11 de noviembre de 2022), José Luis Martínez Porras.—La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez Marcos.

(03/1.734/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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