Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2023

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230214-21

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 8 de febrero de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible en 2023 para financiar las ayudas para promoción industrial en el medio rural de la Comunidad de Madrid.

Mediante Acuerdo de 14 de octubre de 2020, del Consejo de Gobierno, se aprobaron las normas reguladoras y se estableció el procedimiento para la concesión directa de ayudas para promoción industrial en el medio rural de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5.c.1.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con el citado artículo, corresponde al órgano concedente de las ayudas la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión.

Según lo dispuesto en el artículo 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo la concesión de las ayudas reguladas en el mencionado Acuerdo de Consejo de Gobierno, de conformidad con el artículo 1.1 del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

En consecuencia y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

RESUELVO

Primero

Declarar que el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión, en 2023, de las ayudas que se regulan en el Acuerdo de 14 de octubre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprobaron las normas reguladoras y se estableció el procedimiento para la concesión directa de ayudas para promoción industrial en el medio rural de la Comunidad de Madrid, asciende a 20.000 euros.

Segundo

Las referidas obligaciones se imputarán con cargo al subconcepto 79000 “Modernización, Dinamización y Difusión Tecnológica”, del programa 463A, “Competitividad” con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid aprobados por la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados mediante Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023.

Madrid, a 8 de febrero de 2023.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas Fraga.

(03/2.506/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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