Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2023

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230214-27

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 103/2023, de 30 de enero, de la Consejería Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Turismo para el año 2023.

La actividad subvencional de la Administración Pública ha de planificarse para poder realizar una asignación equitativa, eficaz, eficiente y económica de los recursos públicos, con pleno sometimiento a la Ley y al Derecho, de acuerdo con los principios establecidos en los artículos 31.2 y 103.1 de la Constitución Española.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento de subvenciones deberán, con carácter previo, concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, en su artículo 4 bis, recoge esta misma obligación en idénticos términos.

Las subvenciones se erigen como herramientas de potenciación del sector turístico de la región, pues permite tanto el fomento como la promoción del mismo, fuente generadora de empleo e ingresos para la economía.

Para el ejercicio 2023, se ha procedido a prorrogar los presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid del ejercicio 2022, hasta tanto se lleve a cabo la aprobación de los nuevos presupuestos para 2023, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

En dicho ejercicio 2023, al igual que en 2022, y en cumplimiento de los principios de equilibrio presupuestario, estabilidad, y de crecimiento económico, se considera imprescindible continuar desempeñando una acción subvencional en el sector del turismo de nuestra región, bajo el prisma siempre de la racionalización y la transparencia, para incrementar la eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público en el ámbito de subvenciones.

Por cuanto antecede y de acuerdo con el artículo 41.l) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y a propuesta del Director General de Turismo.

DISPONGO

Primero

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Turismo para el año 2023, que se incorpora como Anexo a la presente Orden.

Segundo

Esta orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Tercero

Esta orden se publicará en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID dentro de los veinte días siguientes a su aprobación, conforme a lo establecido en el artículo 25.1 a) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 30 de enero de 2023.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO PARA EL AÑO 2023

Según el artículo del artículo 26.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, ésta tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de turismo.

Mediante Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en su artículo 14, se ha creó la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes a la que se atribuyeron las competencias conferidas a la Consejería de Cultura y Turismo y aquellas que tenía atribuida la Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno en materia relativa a deportes.

Posteriormente, por Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, se estableció la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. De conformidad con el artículo 10 del citado Decreto, la Dirección General de Turismo asume, entre otras, la competencia correspondiente a la coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y su sostenibilidad.

La Dirección General de Turismo tiene entre sus objetivos incrementar los flujos turísticos de la Región, consolidar y proteger el tejido empresarial turístico, además de contribuir a la generación de empleo en dicho sector. Ello se canaliza mediante el desarrollo de actuaciones estratégicas que permitan afianzar e impulsar la posición del destino de Madrid en el ámbito turístico.

Deviene fundamental continuar implementando acciones de potenciación de los recursos turísticos en las áreas geográficas de la Comunidad para incrementar la calidad del sector turístico de la Comunidad de Madrid, con efectos fortalecedores para el crecimiento de la Región.

1. Ámbito normativo competencial

El Plan Estratégico tiene como referencia las siguientes normas:

— La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

2. Objetivos

Con el presente Plan Estratégico de Subvenciones, la Dirección General de Turismo pretende:

— Que el turismo y todos los agentes que en él intervienen tomen parte en una estrategia en común y contribuyan a transformar nuestro modelo turístico en la dirección que indican los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

— Promocionar y potenciar los recursos turísticos de sus diferentes áreas geográficas, para contribuir al desarrollo de una oferta turística sólida, diversificada y atractiva que redunde en la generación de empleo y de ingresos económicos para la región madrileña.

— Contribuir al desarrollo de nuevos recursos turísticos, que permitan crear una oferta turística más atractiva y participativa, así como impulsar actividades de dinamización en áreas de interés turístico.

— En relación al producto de enoturismo, apoyar al desarrollo y consolidación de del mismo, se harán nuevas propuestas de viaje para viajeros en coche o para los que prefieran moverse en bicicleta o andando, rutas que incluirán la interpretación patrimonial y del territorio, además de las bodegas, enotecas y museos de la cultura del vino.

— Patrocinar el destino Madrid como destino sostenible y cicloturista, mediante el impacto mediático que posicione a la Región dentro del círculo de lugares visitables y viables para el cicloturismo.

— Promover acciones de desarrollo sostenible en el sector turístico, mediante la creación de itinerarios turísticos a través de los trenes históricos de la Fundación Española de Ferrocarriles.

— Dotar a la región de una oferta turística diversificada y promover la especialización de los productos turísticos.

— Fomentar la coordinación territorial y público-privada del sector.

3. Costes presupuestarios y cuantía de la subvención

Los costes presupuestarios que destinará la Dirección General de Turismo a estas políticas durante el año 2023 se cuantifican en trescientos mil euros (300.000,00 euros), con el siguiente desglose:

— Se imputará a la partida 48058 “Madrid Rutas del Vino”, del Programa 432A, un importe de cien mil euros (100.000,00 euros) para apoyo al desarrollo y consolidación del enoturismo.

— Se imputará a la partida 48071 “Asociación de Cicloturismo de la Comunidad de Madrid”, del Programa 432A, un importe de cien mil euros (100.000,00 euros), para el posicionamiento de la región como un destino sostenible y cicloturista.

— Se imputará a la partida 48153 “Fundación Española de Ferrocarriles” el Programa 432ª un importe de cien mil euros (100.000,00 euros), para fomento del turismo sostenible y de calidad, impulsando además destinos Patrimonio Mundial de la UNESCO.

4. Resultados perseguidos

Potenciar la competitividad y el crecimiento económico del sector turístico madrileño con criterios de calidad, en el servicio y seguimiento de todos los agentes implicados para mejorar resultados y planteamientos actuales.

Contribuir a un desarrollo equilibrado y sostenible de los destinos turísticos de la Comunidad de Madrid, para lograr, una región capaz de mantener y de mejorar su calidad de vida, protegiendo a la vez el futuro de nuestro planeta.

Revestir a la Comunidad de Madrid de una oferta turística sólida, sostenible, diversificada y de calidad.

5. Requisitos de los beneficiarios

Los beneficiarios deberán dar cumplimiento a las obligaciones generales a que se refiere la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así a las obligaciones específicas recogidas en el convenio que instrumente la subvención.

6. Plazos

El presente Plan Estratégico se va a desarrollar en el espacio temporal correspondiente al ejercicio presupuestario 2023.

7. Sistema de evaluación

Se utilizarán los siguientes:

— Análisis y estudio de los proyectos presentados con carácter previo a la ayuda.

— Justificación por los beneficiarios de los gastos subvencionados.

(03/1.877/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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