Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230214-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS

URBANISMO

65
Ciempozuelos. Urbanismo. Estatutos entidad conservación

Mediante decreto de Alcaldía número 3050/2016, de fecha 23 de noviembre, se aprueba la constitución y los estatutos que regularan la composición y funcionamiento de la Entidad Urbanística de Conservación de la urbanización correspondiente al Sector S-1 “Las Canteras I” de Ciempozuelos), que en su parte resolutiva dice:

«Primero.—La aprobación definitiva de la constitución y los estatutos que regularan la composición y funcionamiento de la Entidad Urbanística de Conservación de la urbanización correspondiente al Sector S-1 “Las Canteras I” de Ciempozuelos en desarrollo y de conformidad con el planeamiento urbanístico, cuyo texto se transcribe en el Anexo adjunto, que se aprueba en este mismo acto.

Segundo.—El nombramiento como representante de la Administración Municipal en la Entidad a D. Marta Castro Sánchez, en su calidad de técnico jurídico de Urbanismo, y como sustituto a D. Gabriel Hurtado de Rojas Herrero, en su calidad de Interventor Municipal.

Tercero.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expresando, en su caso, las modificaciones introducidas.

Cuarto.—Notificar de forma individualizada la presente resolución a todos los propietarios afectados por el sistema de actuación y a quienes hubieren comparecido en el expediente.

Quinto.—Requerir a los propietarios interesados para que constituyan la Entidad Urbanística de Conservación mediante escritura pública en la que se designen los cargos de la misma, copia, en duplicado ejemplar, de la cual deberá remitirse al Ayuntamiento para su aprobación, si procede, y su posterior remisión al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad de Madrid para su inscripción, siendo la pertenencia a la misma obligatoria en virtud de las determinaciones del planeamiento.

Ha de remitirse copia autorizada de la escritura al órgano urbanístico actuante, que adoptará, si procede, acuerdo aprobatorio en el plazo de treinta días.

Aprobada la constitución, el órgano actuante elevará el acuerdo junto con la copia autorizada de la escritura al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad de Madrid para su inscripción».

Como consecuencia, el texto definitivo de los estatutos se corresponde con el publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 311, de fecha 30 de diciembre de 2021.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

En Ciempozuelos, a 7 de febrero de 2023.—La alcaldesa presidenta, Raquel Jimeno Pérez.

(02/2.176/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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