Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2023

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230214-97

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

97
Tres Cantos. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de bases reguladoras del concurso de disfraces del carnaval 2023 del Ayuntamiento de Tres Cantos.

BDNS: 674312

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero. Beneficiarios.—La participación en el concurso está abierta a cuantas personas físicas y/o jurídicas lo deseen, sin ningún tipo de distinción y que cumplan los requisitos establecidos en las Bases reguladoras que se pueden consultar en: www.trescantos.es

Sólo podrá realizarse la inscripción en una categoría.

Segundo. Objeto.—Para contribuir a la participación ciudadana.

Tercero. Bases reguladoras.—Aprobadas en Junta de Gobierno de fecha 2 de febrero de 2023, acuerdo número 038/2023. A disposición en web municipal, www.trescantos.es

Cuarto. Cuantía.—Con cargo al crédito que para este fin ha sido aprobado en los Presupuestos municipales del ejercicio de 2023 del Ayuntamiento de Tres Cantos, en la partida 2001 334 481 por importe total de 1.700 euros para todas las categorías.

Quinto. El plazo.—De presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación de las presentes bases y concluirá el día 16 de febrero de 2023, y se presentarán bajo los requisitos establecidos en las bases del citado concurso que se pueden consultar en la web municipal: www.trescantos.es

Tres Cantos, a 6 de febrero de 2023.—El primer teniente de alcalde, Javier Juárez de la Morena.

(03/2.147/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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