Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
16-02-2023

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230216-27

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 30 de enero de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se conceden los Reconocimientos y las Menciones en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, correspondientes al año 2022, a las buenas prácticas para la prevención y control de los accidentes laborales viales.

En virtud del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, del Consejo de Gobierno, se crean los “Reconocimientos en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid”, y se faculta al jurado correspondiente a otorgar las menciones específicas que se establezcan en dicho Decreto o en las correspondientes disposiciones reguladoras.

Mediante Orden de 18 de julio de 2022, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo se convocaron para el año 2022, en sus distintas categorías, los reconocimientos y menciones a las “buenas prácticas para la prevención y control de los accidentes laborales viales”.

El Jurado Calificador designado a tal efecto de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, mantuvo sendas reuniones los días 11 y 19 de enero de 2023, levantando las correspondientes actas de valoración de las candidaturas presentadas con arreglo a los criterios establecidos para tal fin en el artículo 16 del citado Decreto.

Asimismo, a propuesta de la presidenta del jurado, y de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, se acuerda por unanimidad proponer la concesión de la Mención Honorífica a favor del Grupo de Siniestralidad Laboral de Policía Judicial perteneciente al Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid. Con esta propuesta se pretende reconocer la labor realizada por dicho Grupo en pro de la seguridad y salud de las personas trabajadoras.

El Grupo se constituyó formalmente en el año 2010 con la finalidad de llevar a cabo la investigación de delitos contra los derechos de las personas trabajadoras así como sus consecuencias, y de poner en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo situaciones de riesgo para la seguridad y salud de las personas trabajadoras evitando así accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Así pues, vista la propuesta acordada por unanimidad por dicho Jurado Calificador y elevada a través del IRSST,

RESUELVO

Primero

Concesión de los reconocimientos y menciones

Se conceden los reconocimientos y menciones a las “buenas prácticas para la prevención y control de los accidentes laborales viales” en sus respectivas modalidades, a los siguientes candidatos:

— Categoría de empresas o entidades con una plantilla de hasta 50 trabajadores:

• Primer premio: Serem Consultoría Empresarial, S. L. U.

• Mención especial: Desierto.

• Mención especial: Desierto.

— Categoría de empresas o entidades con una plantilla de más de 50 trabajadores:

• Primer premio: Sacyr Conservación, S. A.

• Segundo premio: Fremap Mutua Colaboradora con la Seguridad Social número 61.

• Tercer premio: Peugeot Citroën Automóviles España. S. A. (Stellantis).

Segundo

Mención Honorífica

Se concede la Mención Honorífica al Grupo de Siniestralidad Laboral de Policía Judicial perteneciente al Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid, en reconocimiento a su trayectoria en materia de prevención de Riesgos Laborales.

Tercero

Reserva legal de derechos

Las empresas o entidades perceptoras de alguno de los reconocimientos o menciones hacen cesión no exclusiva al IRSST de todos los derechos de divulgación, difusión y publicación respecto de las “Buenas Prácticas Reconocidas” durante un año, el cual se empezó a computar a partir del día siguiente a aquél en el que tuvo lugar el fallo del Jurado; de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre.

Cuarto

Recursos y reclamaciones

La presente orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto

Efectos

La presente orden producirá sus efectos desde el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 30 de enero de 2023.

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

(03/2.683/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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