Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
17-02-2023

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230217-56

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

56
El Escorial. Organización y funcionamiento. Ordenanza venta ambulante

Tras la resolución de alegaciones por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 25 de enero de 2023, por el que se aprobó la “modificación de la ordenanza municipal reguladora de la venta ambulante en el municipio de El Escorial”, cuyos artículos modificados se hacen públicos para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, entrando en vigor una vez se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, quedando como sigue:

“Las modificaciones afectan al artículo 10 en sus apartados 2 y 5 y al artículo 19, en su apartado 2.a).

Donde consta:

Artículo 10. Autorizaciones:

(…)

2. Los titulares de autorizaciones municipales estarán obligados a acreditar anualmente, entre el 15 de septiembre y el 15 de octubre, estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y la Administración Tributaria, así como el seguro de responsabilidad civil.

(…)

Debe constar:

Art. 10. Autorizaciones:

(…)

2. Los titulares de autorizaciones municipales estarán obligados a acreditar anualmente, entre el 1 de noviembre y el 31 de enero, estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y la Administración Tributaria, así como el pago del último recibo del seguro de responsabilidad civil.

(…)

Donde consta:

Art. 10. Autorizaciones:

(…)

5. El plazo para la presentación de las correspondientes solicitudes de autorización municipal para poder acceder a la concesión de una autorización de instalación en puestos de mercadillos, será el comprendido entre el 1 de noviembre y el 31 de enero de cada año.

(…)

Debe constar:

Art. 10. Autorizaciones:

(…)

5. El plazo para la presentación de las correspondientes solicitudes de autorización municipal para poder acceder a la concesión de una autorización de instalación de un puesto en los mercadillos de El Escorial, será el comprendido entre el 1 de noviembre y el 31 de enero de cada año, previa convocatoria pública y si existiese espacio disponible.

(…).

Donde consta:

Art. 19. Ubicación y día celebración:

(…)

2. Corresponde al órgano competente municipal, fijar los días de celebración del mercadillo y los espacios delimitados para su emplazamiento. Los dos mercadillos actualmente existentes en el municipio de El Escorial son los situados en:

a) Calle Alfonso XII, que se celebra todos los miércoles.

b) Calle Principal (Urbanización Los Arroyos), que se celebra todos los domingos.

Debe constar:

Art. 19. Ubicación y día celebración:

(…)

2. Corresponde al órgano competente municipal, fijar los días de celebración del mercadillo y los espacios delimitados para su emplazamiento. Los dos mercadillos actualmente existentes en el municipio de El Escorial son los situados en:

a) Calle Alfonso XII y plaza de Maximino Heras, que se celebra todos los miércoles.

b) Calle Principal (Urbanización Los Arroyos), que se celebra todos los domingos”.

Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime conveniente.

En El Escorial, a 2 de febrero de 2023.—La concejala-delegada de Comercio, Paloma Menéndez García.

(03/2.242/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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