Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
17-02-2023

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230217-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE QUIJORNA

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
Quijorna. Régimen económico. Ordenanza fiscal impuesto bienes inmuebles

El Pleno del Ayuntamiento de Quijorna, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de febrero de 2022, acordó la aprobación provisional elevada a definitiva por no presentarse alegaciones de la modificación de la de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre impuesto sobre bienes inmuebles (artículo 2 y disposición final), cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

“Artículo 2.o:

— Tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 0,5666 por 100.

— Tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, 0,58 por 100

Disposición final.—La presente modificación de la presente ordenanza fiscal número 14, reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, surtirá efectos desde su completa publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y con efectos de 1 de enero de 2023, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación”.

Quijorna, a 8 de febrero de 2023.—El alcalde-presidente, Juan Carlos Pérez Carrasco.

(03/2.225/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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