Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
17-02-2023

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230217-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VENTURADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Venturada. Régimen económico. Bases subvenciones

EXP. 1088680F. Aprobación inicial de las bases generales reguladoras de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Venturada a asociaciones y personas físicas para el fomento de actividades y programas culturales, deportivos, de emergencia social y eficiencia energética.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 3 de febrero de 2023, adoptó entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero.—Aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones y personas físicas para el fomento de actividades y programas culturales, deportivos, de emergencia social y eficiencia energética, según obran en el expediente.

Segundo.—La publicación del acuerdo que se adopte se insertará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, en la web municipal, al objeto de que durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial, los ciudadanos puedan presentar las reclamaciones y/o sugerencias que consideren oportunas (artículo 49 LRBRL).

Tercero.—Las reclamaciones y sugerencias presentadas serán informadas por la Secretaría General, que elevará al Pleno la propuesta de estimación o desestimación que proceda y de aprobación definitiva de las bases reguladoras.

Cuarto.—En caso de no presentarse reclamaciones ni sugerencias, se entenderán aprobadas definitivamente las bases reguladoras, a cuyo efecto por la Alcaldía se ordenarán los trámites necesarios para la conclusión del procedimiento y su entrada en vigor.

Quinto.—Que el acuerdo de aprobación definitiva o, en su caso, el acuerdo de aprobación inicial elevado automáticamente a aquella categoría, junto con el texto de las bases reguladoras, se publique en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Sexto.—Que el acuerdo y el texto de las bases se comunique a las Administraciones del Estado y de la Comunidad Autónoma dentro del plazo de los seis días siguientes a su aprobación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 196.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

El texto completo de las bases provisionales se insertará en el tablón de anuncios municipal de la sede electrónica.

En Venturada, a 7 de febrero de 2023.—La teniente de alcalde, por delegación (firmado).

(03/2.193/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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