Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230220-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

URBANISMO

64
Coslada. Urbanismo. Plan Movilidad Urbana Sostenible

Decreto de Alcaldía 2023/751 de 3 de febrero de 2023 del Ayuntamiento de Coslada por el que se aprueba definitivamente el Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Coslada.

Se somete a información pública durante el plazo de treinta días el Plan de Movilidad Urbana Sostenible del Municipio de Coslada, aprobado inicialmente por Alcaldía el día 3 de febrero de 2023, de conformidad con el artículo 101.5 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible y los artículos 16 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente y el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El Plan y sus antecedentes se encuentran de manifiesto en las dependencias de Alcaldía en el Ayuntamiento de Coslada, sito en avenida de la Constitución, n.o 1 (Madrid) y en Transparencia del portal web https://coslada.es , para ser examinado en horario de atención al público y para que puedan presentarse reclamaciones o sugerencias dirigidas a esta misma Alcaldía durante este plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

En el caso de que no se presenten alegaciones, se entenderá definitivamente el Plan de Movilidad Urbana Sostenible del Municipio de Coslada.

En Coslada, a 8 de febrero de 2023.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(03/2.277/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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