Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2023

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230221-84

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES MEJORADA-VELILLA

CONTRATACIÓN

84
Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla. Contratación. Mesa contratación

La Presidencia de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla ha dictado la resolución 2023-00040, de 10 de febrero de 2023, de constitución, composición y funciones de la Mesa de Contratación de carácter permanente para licitaciones, cuyo extracto se inserta a continuación y que se hace público para general conocimiento en cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente:

(…)

Primero.—Constituir una Mesa de Contratación de carácter permanente para licitaciones que celebre esta Mancomunidad, con las funciones que le asigna el artículo 326.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y los Reales Decretos 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en los expedientes patrimoniales en los que exista licitación pública y pliegos con criterios que hayan de ser objeto de valoración, salvo que el órgano que haya de efectuarla se rija por normas legales o reglamentarias especiales.

En el caso de procedimientos patrimoniales, la Mesa de Contratación se denominará Mesa de Valoración.

Segundo.—Determinar la composición de los órganos colegiados a los que se refiere el pronunciamiento anterior, en los siguientes términos:

a) Presidenta: Dña. Isabel María Sánchez Olmedo, presidenta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, que será suplida por Dña. María Belén Morales Vancheva, vicepresidenta de la Mancomunidad.

b) Secretaria: Dña. Cristina Cerquera Jiménez, que será suplida por Dña. Ana Belén Iglesias Torres, que actuarán con voz pero sin voto.

c) Vocales:

— D. Carlos Belmonte Gracia, Secretario General de la Mancomunidad.

— Dña. Raquel Majuelo Peña, Interventora de la Mancomunidad.

— Dña. Mar Cercadillo Isla, Apoyo Técnico, coordinadora de la Mancomunidad, que será suplida por Dña. Elvira Monreal Rodríguez, trabajadora social de la Mancomunidad.

— Dña. Raquel Poderoso Bravo, trabajadora social de la Mancomunidad, que será suplida por Dña. Carmen Vallina Díaz, trabajadora social de la Mancomunidad.

A las reuniones de la Mesa, y a solicitud de la Presidencia de la misma, podrá asistir el personal de la Mancomunidad asesor que resulte necesario según la naturaleza de los asuntos a tratar, el cual actuará con voz pero sin voto.

Tercero.—Establecer que las actuaciones de los órganos colegiados a los que se refiere el pronunciamiento primero se regirán, además de por los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y la normativa específica de contratación pública, por lo establecido en la Sección 3.a del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto.—Establecer que los órganos colegiados a los que se refiere el pronunciamiento primero actuarán en todas las licitaciones sujetas a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.

Quinto.—Dejar sin efecto el decreto de la Presidencia 2022-0327, de 25 de noviembre de 2022.

Sexto.—Notificar este decreto a los miembros titulares y suplentes de la Mesa de Contratación.

Séptimo.—Publicar este decreto en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

(…)

Mejorada del Campo, a 10 de febrero de 2023.—La presidenta, Isabel M. Sánchez Olmedo.

(03/2.449/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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