Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
02-03-2023

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230302-25

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

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ORDEN 399/2023, de 17 de febrero, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se delega la competencia en materia de celebración de convenios en el ámbito de las Enseñanzas Artísticas Superiores.

Mediante el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, se estableció la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, actual Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en virtud del Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno.

La vigente Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería, contempla en su apartado segundo, número 2, la delegación de competencias en los directores de los centros docentes públicos para la celebración de acuerdos con empresas en materia de formación de alumnos. Por razones de agilidad, seguridad jurídica y ampliación de los sujetos colaboradores, se considera necesaria una delegación diferenciada y específica para la formalización de convenios de prácticas en el ámbito de las enseñanzas artísticas superiores, que comprenda también la firma de convenios con otro tipo de instituciones y entidades, tanto públicas como privadas.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el Decreto 48/2019, por la que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Delegación de competencias en materia de convenios para la realización de prácticas de alumnos

Se delega en los directores de los centros docentes públicos de Enseñanzas Artísticas Superiores de la Comunidad de Madrid la competencia para formalizar convenios con empresas, instituciones y entidades, tanto públicas como privadas, para la realización de prácticas externas curriculares y extracurriculares de alumnos.

Segundo

Régimen aplicable a la delegación de competencias

1. Los convenios que se suscriban por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictados por el titular de la Consejería competente en materia de enseñanzas artísticas superiores.

2. Los convenios se suscribirán de conformidad con el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Producción de efectos

Esta Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 17 de febrero de 2023.

El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/29.48/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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