Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
03-03-2023

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230303-18

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

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ORDEN 541/2023, de 20 de febrero, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se autoriza el traslado de las instalaciones del centro extranjero Schiller International University, sucursal en España, autorizado por la Comunidad de Madrid.

Según lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el artículo 15 del Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, la impartición de enseñanzas universitarias y de educación superior —diplomas o certificados— de ámbito similar al universitario en nuestro país desarrollada por centros conforme a sistemas educativos extranjeros, precisará la autorización del organismo competente de la Comunidad Autónoma correspondiente en la que se ubique la universidad o centro.

En este sentido, el centro extranjero Schiller International University, sucursal en España, fue autorizado por la Comunidad de Madrid mediante la Orden 5757/2007, de 16 de noviembre, de la Consejería de Educación, por la que se autoriza el establecimiento en la Comunidad de Madrid de Schiller International University, sucursal en España, para impartir estudios de educación superior universitaria conforme al sistema educativo de los Estados Unidos de América.

Este centro ha solicitado a esta Administración autorización para el traslado de la totalidad de sus instalaciones desde la calle Joaquín Costa, número 20, al paseo de Recoletos, número 35, de Madrid.

La Dirección General de Infraestructuras y Servicios ha informado que las nuevas instalaciones, cumplen con los requisitos mínimos establecidos en el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, anteriormente citado.

La propuesta ha sido informada por la Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria del Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión celebrada el 2 de febrero de 2023, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, a propuesta de la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores,

DISPONGO

Primero

Autorización del traslado de instalaciones del Campus de Madrid

Autorizar el traslado de la totalidad de las instalaciones del centro extranjero autorizado Schiller International University, sucursal en España, al paseo de Recoletos, número 35, 28004 Madrid.

Segundo

Seguimiento y control

La modificación de las condiciones bajo las cuales se produce este traslado de instalaciones estará sometida a la autorización previa de la Comunidad de Madrid. Para ello, la entidad titular del centro deberá comunicar a la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores cualquier cambio respecto de las circunstancias conforme a las cuales se otorga.

El incumplimiento del contenido de la orden podrá dar lugar a la revocación de esta autorización.

Tercero

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Cuarto

Efectos de la Orden

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 20 de febrero de 2023.

El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/3.085/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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