Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
03-03-2023

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230303-70

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

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Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, número 985/2023, de fecha 22 de febrero, del siguiente tenor:

“Primero.—Modificar el decreto número 5737/2022, de fecha 5 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 303, de 21 de diciembre de 2022), por el que se aprobó la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso selectivo convocado para la cobertura, por el turno libre, mediante concurso-oposición, de dos plazas de personal laboral fijo de conserje, en los términos que se indican:

En la parte dispositiva, donde dice:

“4.o Nombrar como miembros del Tribunal Calificador a las personas que a continuación se relacionan:

— Vocales:

• Titular: Don Francisco Javier Isidoro del Cerro, conserje-jefe del Ayuntamiento de Boadilla del Monte/Suplente: don Juan José Díez Arconada, subalterno-jefe del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (…)”.

En la parte dispositiva, debe decir:

“4.o Nombrar como miembros del Tribunal Calificador a las personas que a continuación se relacionan:

— Vocales:

• Titular: Don Juan José Díez Arconada, subalterno-jefe del Ayuntamiento de Boadilla del Monte/Suplente: doña Mercedes Figueroa Villaluenga, administrativo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (…)”.

Segundo.—Rectificar el decreto número 674/2023, de fecha 2 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 44, de 21 de febrero de 2023), rectificado por decreto número 809/2023, de fecha 8 de febrero, por el que se aprobó la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso selectivo convocado para la cobertura, por el turno libre, mediante concurso-oposición, de dos plazas de personal laboral fijo de conserje, en los términos que se indican:



Tercero.—Publicar las rectificaciones practicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, así como en la web municipal.

Cuarto.—La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o, directamente, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá desestimado si, transcurrido otro mes desde su interposición, no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.

No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente”.

En Boadilla del Monte, a 23 de febrero de 2023.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, Jesús Egea Pascual.

(01/3.351/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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