Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2023

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230306-64

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

OFERTAS DE EMPLEO

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Torrelodones. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 14 de febrero de 2023, se aprobaron las bases específicas que han de regir la convocatoria para proveer una plaza de monitor/a de gimnasia rítmica, por concurso-oposición libre, del Ayuntamiento de Torrelodones, cuyo texto es el siguiente:

BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE MONITOR/A DE GIMNASIA RÍTMICA (CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE) PARA EL AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

1. Normas generales

a) Objeto de la convocatoria, sistema selectivo y características del puesto de trabajo. Es objeto de las presentes bases regular el proceso selectivo para el acceso por turno libre a una plaza de monitor/a de gimnasia rítmica del Ayuntamiento de Torrelodones, incluida en la Oferta de Empleo Público del 2021.

b) Legislación aplicable. La presente convocatoria se desarrollará con arreglo a las bases generales, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en su sesión celebrada el 12 de junio de 2018.

2. Requisitos específicos de los aspirantes

2.1. Los generales para el acceso a la función pública, según se establece en el punto 2 de las bases generales.

2.2. Los específicos que seguidamente se indican:

a. Estar en posesión de una titulación superior documentada de las siguientes: técnico superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas, técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva, técnico superior en Acondicionamiento Físico o equivalente.

b. Estar en posesión del título de monitor de primer nivel de la especialidad de Gimnasia Rítmica expedido por la Federación Española o por cualquier Federación Territorial.

3. Solicitudes

3.1. Se presentarán en el plazo y de la forma que se indica en las bases generales.

3.2. La tasa por derechos de examen de este proceso selectivo será de 22,26 euros, cuyo importe se hará efectivo en el banco y cuenta del Ayuntamiento que se indique en la propia instancia.

4. Tribunales

4.1. El tribunal calificador que actuará en el proceso de selección se regirá por las normas contenidas en el punto 6 de las bases generales.

4.2. El tribunal tendrá la categoría segunda a efectos de lo determinado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

5. Desarrollo del proceso selectivo

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.

La fase de oposición será previa a la fase de concurso.

5.1. Fase de oposición: esta fase consistirá en la realización de dos exámenes, en base al temario que figura en el Anexo I.

a. Primer ejercicio. Consistirá en la realización de un ejercicio tipo test en un tiempo máximo de 30 minutos que constará de 30 preguntas con tres alternativas de respuesta, de las cuales solo una será correcta. Estas preguntas versarán sobre el temario que se recoge en el Anexo I que se acompaña a las presentes bases y estarán relacionadas con las funciones propias del puesto.

Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

Este ejercicio será obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes.

b. Segundo ejercicio. Se realizará por el tribunal una prueba práctica en la que se acredite la idoneidad del aspirante para desarrollar el puesto de trabajo y los conocimientos sobre la materia que consistirá en la impartición de una clase de gimnasia rítmica. El aspirante contará con un alumno propuesto por el centro para la realización del ejercicio. El tribunal queda facultado para preguntar al aspirante cualquier cuestión relacionada con el planteamiento y desarrollo de la clase o las tareas propias del puesto. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 20 minutos.

En esta prueba se valorará:

— Estructuración progresiva y lógica del contenido del ejercicio y distribución del tiempo asignado.

— Bases técnicas y teóricas implicadas.

— Adecuación del método empleado.

Los ejercicios del procedimiento de selección tendrán carácter eliminatorio y serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo necesaria la obtención de al menos 5 puntos en cada uno de ellos. La puntuación de la fase de oposición será la nota media de los dos exámenes.

5.2. Fase de concurso: en esta fase, que solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos, contados a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

5.2.1. Experiencia: hasta un máximo de 5 puntos.

Se considera experiencia laboral la debidamente acreditada por el aspirante en el/los puestos directamente relacionados con la plaza a la que se opta, tal y como se indica en el punto 7.9 de las bases generales.

5.2.2. Formación: hasta un máximo de 5 puntos.

6. Calificación definitiva y lista de aprobados

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por lo establecido en el punto 8 de las bases generales.

7. Nombramiento en prácticas

7.1. Publicada la relación de aprobados de la fase de oposición, se procederá a la contratación de un monitor/a de gimnasia rítmica con un período de prueba de dos meses.

7.2. Será requisito indispensable la superación de este período con la calificación de apto para la contratación fija.

7.3. Al término del período de prueba, se evaluará a cada aspirante, en términos de apto o no apto, la capacidad para el desarrollo del trabajo, la aplicación de los conocimientos teóricos, la adaptación a la estructura organizativa, la iniciativa y la actitud hacia el servicio público.

Los órganos correspondientes de la Administración declararán mediante resolución motivada la pérdida de todos los derechos a la contratación fija de los aspirantes que resulten declarados no apto.

7.4. En el caso de no superar el período de prueba, se procederá a la contratación del siguiente candidato/a que haya superado el proceso selectivo en función de la mayor puntuación.

7.5. Cuando un aspirante que hubiera superado las pruebas selectivas hubiera prestado servicios en una plaza igual a la que accede en el Ayuntamiento de Torrelodones por un período mínimo de seis meses, no procederá la realización del período de prueba.

ANEXO I

TEMARIO

1. La Constitución española de 1978.

2. El municipio. El término municipal. La población.

3. Organización y funcionamiento municipal.

4. La función pública. Clases de personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen disciplinario.

5. Gimnasia Rítmica como competición en los Juegos Deportivos Provinciales: requisitos, sistema de competición y normas técnicas-organizativas.

6. Principios técnicos fundamentales de la Gimnasia Rítmica.

7. Las capacidades físicas y la GRD: Definición y clasificación. Evolución de las capacidades físicas; base fisiológica; métodos de entrenamiento de las capacidades físicas; métodos de desarrollo de la flexibilidad; métodos de desarrollo de la fuerza; métodos de desarrollo de la resistencia; métodos de desarrollo de la velocidad.

8. La sesión de entrenamiento: calentamiento. Parte principal. Parte final. Desarrollo de una sesión.

9. Metodología de los distintos aparatos: Cuerda. Aro. Pelota. Mazas. Cinta.

10. Las manos libres: Generalidades. Progresiones específicas a los elementos de manos libres.

11. La cuerda: Evolución técnica y medidas reglamentarias. Cuadro esquemático de las diferentes posibilidades de trabajo a realizar con los grupos de elementos correspondientes. Exigencias para la composición del ejercicio de cuerda. Principales errores de ejecución. Ejercicios de cuerda.

12. El aro: Evolución técnica y medidas reglamentarias. Cuadro esquemático de las diferentes posibilidades de trabajo a realizar con los grupos de elementos correspondientes. Exigencias para la composición del ejercicio del aro. Principales errores de ejecución. Ejercicios de aro.

13. La pelota: Evolución técnica y medidas reglamentarias. Cuadro esquemático de las diferentes posibilidades de trabajo a realizar con los grupos correspondientes. Exigencias para la composición del ejercicio de pelota. Principales errores de ejecución. Ejercicios de pelota.

14. Las mazas: Evolución técnica y medidas reglamentarias. Cuadro esquemático de las diferentes posibilidades de trabajo a realizar con los grupos de elementos correspondientes. Exigencias para la composición del ejercicio de mazas. Principales errores de ejecución. Ejercicios de mazas.

15. La cinta: Evolución técnica y medidas reglamentarias. Cuadro esquemático de las diferentes posibilidades de trabajo a realizar con los grupos de elementos correspondientes. Exigencias para la composición del ejercicio de cinta. Principales errores de ejecución. Ejercicios de cinta.

16. Aspectos preventivos en la práctica de la actividad física y actuación en accidentes deportivos. Primeros auxilios en las lesiones más frecuentes.

17. El grupo. Dinámicas de grupos: niños, adolescentes, adultos y tercera edad. El papel del monitor en el grupo. La comunicación humana, resolución de conflictos.

18. El tratamiento de la diversidad. El respeto a las diferencias. La integración de los disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales. La integración de personas con dificultades sociales.

19. Educación Infantil. Conceptos básicos. La importancia del deporte en el desarrollo general. Intervención del adulto. Organización del espacio. Materiales y recursos disponibles.

20. Educación deportiva: Conceptos básicos y aspectos metodológicos. Preparación, realización y evaluación del proceso de enseñanza y aprendizaje.

21. Planificación de actividades educativas. Programación de las actividades físicas y recreativas. Temáticas lúdicas: Juegos tradicionales, cooperativos, con material alternativo, etc. Actividades deportivas individuales y de equipo.

Torrelodones, a 16 de febrero de 2023.—La concejala-delegada de Personal, Ana María Núñez Maya.

(02/2.816/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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