Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
10-03-2023

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230310-21

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la modificación del convenio colectivo de la empresa Bridgestone Europa NV/SA, sucursal España de ventas (código número 28103331012022).

Examinada la modificación del convenio colectivo de la Empresa por la que se acuerda modificar el artículo 71 del mencionado Convenio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 42/2021 de 19 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 28.1.h) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General,

RESUELVE

1. Inscribir la Modificación del mencionado Convenio, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.

Madrid, a 25 de febrero de 2023.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

ANEXO

Artículo 71

Dietas y gastos de alojamiento

A partir del 1 de enero de 2023 perderá vigencia el actual sistema de dietas, y pasará a ser de aplicación a todos los empleados de Bridgestone Europa NV/SA, sucursal España de ventas la política de Gastos de la Compañía, vigente en cada momento.

En representación de los trabajadores: por la UGT, David Nicolás López, Óscar Mestre Figueruelo, Zigor Rementería Trueba, Juan Antonio Gómez Lavandería, Arancha Cabañas Hernández.—Por CCOO, Javier Bao Patiño, María José Fernández Medina, José Luis Romero González, Rafael Menéndez Orgaz.—En representación de la empresa, Manuel Rey Frochoso y Raquel Montes Benedicte.

(03/3.555/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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