Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230313-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan general ordenación urbana

Aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, modificación puntual no sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para la manzana situada entre las calles Alcázar de San Juan, Santa Áurea, Magín Calvo y Paseo de los Jesuitas, en el distrito de La Latina (Madrid).—Expediente 135-2020-01991.

Con fecha 8 de febrero de 2023, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid adopta acuerdo por el que se aprueba definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, para la modificación puntual no sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para la manzana situada entre las calles Alcázar de San Juan, Santa Áurea, Magín Calvo y Paseo de los Jesuitas, en el distrito de La Latina.

Dicho acuerdo de aprobación definitiva ha sido publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 40, de 16 de febrero de 2023.

Según el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, corresponde a este Ayuntamiento publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el contenido íntegro de la parte del Plan que exija la legislación de Régimen Local. Es por lo que mediante el siguiente anuncio se procede a dar cumplimiento al mismo publicando la normativa urbanística aplicable, y que es la siguiente:

NORMAS URBANÍSTICAS

La supresión en el error de la calificación para el uso dotacional impuesto a la manzana por el vigente PG-97, supone mantener los usos históricos que se han venido desarrollando realmente desde la construcción de la manzana, en base a la legalidad urbanística.

La propuesta de ordenación planteada supone el mantenimiento del régimen urbanístico del suelo, para el suelo urbano consolidado, y las normas urbanísticas o determinaciones pormenorizadas establecidas por la norma zonal 4 de aplicación, incluyéndose la manzana en el área de reparto AUC 10.01.02, permitiendo así el mantenimiento de lo existente y la modificación, en base a la actual normativa urbanística de aplicación.

Se mantienen los usos existentes legalmente establecidos, permitiendo el régimen de usos compatibles y autorizables establecidos en la norma zonal 4, frente a la situación anterior en donde solo se permitía el uso dotacional y el régimen de los usos permitidos en el uso de equipamientos.

La manzana se encontrará en una situación de fuera de ordenación relativa como consecuencia del exceso de edificabilidad reinante en la manzana, como sucede en todo el entorno de las edificaciones que les rodea, en donde por sus características y circunstancias se edificaron viviendas de protección oficial que excedían la edificabilidad del planeamiento actual al incrementarse el número de plantas permitido por la norma zonal 4 del PG-97.

Madrid, a 23 de febrero de 2023.—El director general de Planeamiento, Javier Hernández Morales.—El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/3.703/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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