Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230313-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Coslada. Régimen económico. Matrícula impuesto

Exposición al público de la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, ejercicio 2023.

La Alcaldía-Presidencia por Decreto número 2023/1164, de fecha 24 de febrero de 2023, ha resuelto:

Primero.—Aprobar la formación de la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, cuotas municipales, correspondiente al ejercicio 2023.

Segundo.—Ordenar que se ponga a disposición del público, desde el 1 al 15 de abril, la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, cuotas municipales y nacionales, correspondiente al ejercicio 2023, con indicación de los recursos procedentes.

Recursos

De acuerdo con lo previsto en el artículo 40 y siguientes y en la disposición adicional primera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los artículos 14 y 91.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en los artículos 222, 223 y 235 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y en el artículo 4 del RD 243/1995, contra el acto de inclusión o exclusión en la matrícula del impuesto sobre actividades económicas o de variación de los datos contenidos en la misma, se podrán interponer los siguientes recursos:

Cuotas municipales: recurso de reposición ante el órgano municipal que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública de la matrícula. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que haya recaído resolución podrá entenderse desestimado.

Contra la denegación expresa o tácita del recurso de reposición se podrá interponer recurso económico-administrativo, en el plazo de un mes, ante el Tribunal Económico Administrativo Regional.

Cuotas nacionales: recurso de reposición potestativo ante el jefe de la Dependencia de Gestión o el Administrador que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública de la matrícula, o reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo Regional en el mismo plazo, sin que puedan interponerse simultáneamente ambos recursos.

Coslada, a 1 de marzo de 2023.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(01/3.686/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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