Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
14-03-2023

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230314-22

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ACUERDO de 8 de marzo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se procede a la corrección del error en el Decreto 33/2022, de 1 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid la casa de Vicente Aleixandre, en Madrid.

Se ha detectado un error material en el texto del Decreto 33/2022, de 1 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid la casa de Vicente Aleixandre en Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 135, de 8 de junio y Corrección de errores BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 136, de 9 de junio).

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 17 del Decreto 210/2003, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento Interno del Consejo de Gobierno y de sus Comisiones, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación en su reunión del día 8 de marzo de 2023,

ACUERDA

1. Proceder a la corrección del Decreto 33/2022, de 1 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid la casa de Vicente Aleixandre, en Madrid, en los siguientes términos:

En el apartado E) del Anexo del Decreto, “Estado de Conservación del Bien y Criterios de Intervención”, párrafo séptimo, donde dice:

“En cualquier caso, las posibles actuaciones que se realicen en el edificio y en su entorno deben regirse por los criterios de intervención establecidos en el artículo 20 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid”.

Debe decir:

“En cualquier caso, las posibles actuaciones que se realicen en el edificio y en su entorno deben regirse por los criterios de intervención establecidos en el artículo 18 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid”.

2. Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 8 de marzo de 2023.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/4.101/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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