Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
14-03-2023

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230314-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

74
San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución de 2 de marzo de 2023 por la que se convocan las Ayudas de Urgencia Social Sobrevenida para el año 2023.

BDNS (Identif.): 680240

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index ) y en la página web municipal ( https://sede.aytosanlorenzo.es/GDCarpetaCiudadano/welcome.do ):

Primero. Objeto.—El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a personas y familias que se hallen en situación de urgencia social sobrevenida por un siniestro de graves consecuencias y sin alternativa para su resolución al carecer de medios económicos.

Segundo.—La presente convocatoria se regula por las bases aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 28 de febrero de 2019, publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica (tablón de anuncios).

https://transparencia.aytosanlorenzo.es/economica-y-presupuestos/convenios/

Tercero. Plazo de Solicitud.—Las solicitudes se tramitaran según el procedimiento previsto en las Bases, cuando ocurra el siniestro, a lo largo de todo el año 2023.

Cuarto. Cuantía.—El crédito previsto para el 2023 a atender esta subvención asciende a un importe total de 5.000,00 euros.

San Lorenzo de El Escorial, a 7 de marzo de 2023.—La alcaldesa, Carlos López Esteban.

(03/4.015/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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