Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
16-03-2023

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230316-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

73
Becerril de la Sierra. Régimen económico. Tarifas autotaxi

Por medio del presente y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace público para el general conocimiento que, por Acuerdo adoptado por la Comisión de Precios del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid en su reunión del día 23 de febrero de 2023, se han autorizado las tarifas aplicables en los servicios de autotaxi, propuestas por el Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, mediante resolución de Alcaldía número 0060-2023, de 17 de enero de 2023, según se especifica a continuación:

Este Acuerdo deja sin efectos los dictados con anterioridad sobre la misma materia. Estas tarifas permanecerán vigentes en el municipio hasta que no se autoricen otras distintas por el órgano competente.

Contra la Resolución de autorización, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Comisión de Precios o ante el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Becerril de la Sierra, a 28 de febrero de 2023.—El alcalde, Antonio Herrero Márquez.

(02/3.533/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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