Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
17-03-2023

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230317-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

64
Madrid número 18. Procedimiento 404/2023

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio sobre delitos leves número 404/2023, entre don Manuel Antonio Feliz Mateo y, por un presunto delito de lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

El juez/magistrado-juez que lo dicta, don Ángel José Lera Carrasco.—En Madrid, a 15 de febrero de 2023.

Antecedentes de hecho:

Primero.—En este Juzgado se ha recibido parte de lesiones de Manuel Antonio Feliz Mateo, de Hospital Gómez Ulla, por posible infracción penal cometida el 9 de enero de 2023, en la localidad de Madrid.

Fundamentos de derecho:

Primero.—Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un delito leve de Lesiones por lo que procede tramitar las presentes diligencias según lo establecido en los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos conforme a las normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto en virtud de lo establecido en el artículo 14 del citado texto legal, artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y normas de reparto vigentes.

Segundo.—No obstante, de lo actuado no resulta debidamente justificada la perpetración del delito leve que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641-1.o de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede, por ahora, decretar sobreseimiento provisional de las actuaciones.

Parte dispositiva:

Incóese juicio por delito leve, registrándose como juicio sobre delitos leves número 404/2023.

Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al ministerio fiscal.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.

Lo acuerda y firma su Señoría.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a don Manuel Antonio Feliz Mateo, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 23 de febrero de 2023.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.448/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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